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Cliente demostró en juicio cobros indebidos de isapre en su plan de salud: Deberán devolverle $32,9 millones
Agencia Uno

Cliente demostró en juicio cobros indebidos de isapre en su plan de salud: Deberán devolverle $32,9 millones

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 12.11.2025
El Quinto Juzgado Civil de Santiago condenó a Cruz Blanca a pagar 830,7 UF (cerca de $32,9 millones) por aplicar una tabla de factores derogada que discriminaba por edad y sexo, vulnerando la ley al calcular el precio del plan de salud con criterios prohibidos.

El conflicto comenzó cuando un afiliado de la isapre Cruz Blanca detectó cobros excesivos en su plan de salud, calculado con una tabla de factores ya invalidada.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, tras demandar a la aseguradora, el Quinto Juzgado Civil de Santiago le dio la razón y ordenó el pago de 830,7 UF, equivalentes a cerca de $32.940.000.

La jueza María Soledad Jorquera Binner estableció que la isapre continuó aplicando, incluso después del fallo del Tribunal Constitucional, la tabla N°536, que distinguía por sexo y edad, elementos expresamente prohibidos.

“Ha existido un incumplimiento contractual por parte de la demandada, al determinar el precio del plan de salud utilizando una tabla de factores sustentada en elementos proscritos del ordenamiento jurídico”, indicó la sentencia.

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Cruz Blanca alegó que estaba obligada a usar dicha tabla y que la resolución del Tribunal Constitucional no la había derogado.

Sin embargo, el tribunal rechazó ese argumento, precisando que el fallo no eliminó la tabla, sino los criterios discriminatorios que contenía.

El fallo acotó el período de devolución a marzo de 2018–marzo de 2020, ya que desde abril de 2020 rige la tabla única fijada por la Superintendencia de Salud mediante la circular IF/N°343, y las restituciones posteriores deben ser gestionadas por esa entidad.

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La sentencia concluye que la isapre deberá restituir al afiliado las 830,7 UF (cerca de $32,9 millones) por concepto de daño emergente, más intereses reajustables.

Además, rechazó íntegramente la demanda reconvencional de Cruz Blanca y dispuso que cada parte asuma sus costas.

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