Le robaron el auto mientras hacía compras en supermercado de La Florida: Tribunal condena a Líder a pagarle $7,8 millones
Una tarde de mayo de 2021, un cliente estacionó su automóvil Hyundai Accent del año 2012 en el estacionamiento del Hiper Líder de avenida Santa Amalia, en la comuna de La Florida.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, mientras realizaba compras en el interior del supermercado, desconocidos robaron el vehículo desde el estacionamiento del recinto.
Al salir y constatar el hecho, el conductor dio aviso al personal de seguridad, quienes reconocieron que ese tipo de delitos “ocurrían con frecuencia” en el lugar y le recomendaron dejar constancia y presentar un reclamo formal.
Ante la falta de respuesta por parte del establecimiento, el propietario del vehículo presentó una denuncia ante el Segundo Juzgado de Policía Local de La Florida.
En marzo de 2022, dicho tribunal sancionó a la empresa Administradora de Supermercados Híper Limitada —razón social de los locales Hiper Líder— con una multa de 8 UTM, al establecer que incumplió el deber de seguridad previsto en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores. La resolución quedó ejecutoriada en abril de ese año.
Posteriormente, el afectado presentó una demanda civil por responsabilidad extracontractual ante el Noveno Juzgado Civil de Santiago, reclamando $14 millones por concepto de daño directo y moral.
La empresa demandada negó toda responsabilidad, argumentando que contaba con guardias y cámaras, que cumplía las normas de seguridad exigidas por Carabineros y que la sustracción se debía al actuar de terceros.
Alegó además que los estacionamientos no constituían un servicio comercial, sino una exigencia legal para el funcionamiento del local.
Sin embargo, la magistrada Marcia Arce Ayub descartó esos argumentos. En su fallo, el tribunal sostuvo que el supermercado no acreditó haber adoptado medidas efectivas para prevenir robos, pese a estar obligado por ley a resguardar los bienes de sus clientes.
“La demandada incumplió el deber de seguridad”, señaló la resolución, citando el artículo 2329 del Código Civil, que impone la reparación de todo daño imputable a negligencia.
El tribunal determinó que el robo generó un perjuicio económico equivalente al valor comercial del vehículo —estimado en $7.000.000 según cotizaciones de portales automotrices— y un daño moral adicional de $800.000, al considerar la angustia e impotencia sufridas por el afectado.
En consecuencia, la empresa fue condenada al pago total de $7.800.000, más reajustes e intereses, y al pago de las costas del juicio.