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Migrante fue víctima de red de tráfico de personas y había sido expulsado de Chile: Corte deja sin efecto
Agencia Uno

Migrante fue víctima de red de tráfico de personas y había sido expulsado de Chile: Corte deja sin efecto

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 29.10.2025
La Corte de Apelaciones de Santiago anuló la expulsión de un ciudadano chino engañado por una red que cobraba miles de yuanes para ingresar personas por el desierto. El tribunal ordenó aplicar las protecciones del Decreto Supremo 177 para víctimas de tráfico de migrantes.

Un ciudadano chino fue engañado por una organización criminal que operaba como agencia de viajes, la cual le prometió un ingreso legal a Chile desde Bolivia.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, en realidad, fue víctima de una red dedicada al tráfico ilícito de migrantes.

Durante el trayecto debió caminar de noche por el desierto, sin agua ni abrigo, hasta llegar a territorio chileno por pasos no habilitados.

Una vez en el país, la Policía de Investigaciones detectó su situación y el Servicio Nacional de Migraciones dictó una orden de expulsión por ingreso clandestino.

El afectado interpuso un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago, señalando que la expulsión desconocía su condición de víctima de un delito y que la medida vulneraba los tratados internacionales suscritos por Chile en materia de protección de víctimas de trata y tráfico de personas.

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Explicó además que mantiene arraigo familiar en el país, ya que su cónyuge posee residencia temporal vigente.

Por su parte, el Servicio Nacional de Migraciones defendió la legalidad de la resolución, sosteniendo que la expulsión fue dictada por autoridad competente y conforme a la Ley N° 21.325.

Argumentó que el extranjero no registraba fecha de ingreso al país ni había solicitado regularizar su situación migratoria.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el reclamo, tras comprobar que el afectado figura como posible víctima en una investigación penal en curso.

La causa indaga a una red transnacional que habría trasladado a más de 500 personas desde Bolivia hacia Chile, cobrando entre 50.000 y 60.000 yuanes por persona. El tribunal determinó que mientras esa indagatoria siga vigente, la expulsión no puede ejecutarse.

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La Corte recordó que el Decreto Supremo 177 contempla un permiso de residencia especial para extranjeros víctimas de delitos relacionados con el tráfico de migrantes, el cual debe tramitarse a petición del Ministerio Público.

Además, destacó los compromisos asumidos por Chile en el Protocolo de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, que obliga a los Estados a garantizar la protección y no devolución de las víctimas.

En consecuencia, el tribunal dejó sin efecto la resolución de expulsión y ordenó al Servicio Nacional de Migraciones adecuar todos los procedimientos administrativos a la situación especial del afectado y a los derechos que le corresponden como víctima.

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