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Intercambio de bebés en 1980: Corte confirma responsabilidad del Hospital de Coyhaique y ordena pagar $180 millones a familias
Agencia Uno

Intercambio de bebés en 1980: Corte confirma responsabilidad del Hospital de Coyhaique y ordena pagar $180 millones a familias

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 28.10.2025
La Corte de Apelaciones de Coyhaique confirmó la responsabilidad del Servicio de Salud Aysén por el intercambio de dos recién nacidas en 1980, ocurrido en el Hospital Regional de Coyhaique. Se acreditó daño moral y se ordenó indemnizar a las familias afectadas.

En 1980, dos familias de la región de Aysén vivieron un hecho que marcaría sus vidas: el intercambio de sus hijas recién nacidas en el Hospital Regional de Coyhaique.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el error se mantuvo oculto durante más de cuatro décadas, hasta que los exámenes de ADN practicados en 2022 confirmaron que las niñas habían sido entregadas a los padres equivocados.

Ese hallazgo dio inicio a una acción judicial por daño moral contra el Servicio de Salud de Aysén y el hospital, que ahora ha sido resuelta por la Corte de Apelaciones de Coyhaique.

El tribunal confirmó la responsabilidad del Servicio de Salud Aysén, al establecer que el error no fue un hecho aislado ni inevitable, sino consecuencia de graves deficiencias institucionales.

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Según la sentencia, en 1980 el hospital carecía de un protocolo estandarizado y seguro para la identificación de recién nacidos, lo que facilitó que las bebés fueran entregadas a familias distintas.

La Corte señaló que esta falta de procedimientos adecuados representó “un evidente alejamiento del estándar normal de funcionamiento del servicio público de salud”.

El fallo también rechazó la alegación del Consejo de Defensa del Estado (CDE), que pretendía que el caso fuera declarado prescrito.

Los ministros determinaron que el cómputo del plazo de prescripción comienza el 15 de junio de 2022, cuando las familias tuvieron conocimiento de los hechos, y no desde la ocurrencia del intercambio en 1980.

Como la demanda fue notificada el 7 de junio de 2023, el plazo legal no se encontraba vencido.

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La resolución recalca que el daño moral fue acreditado y que las consecuencias del error fueron profundas y permanentes.

La Corte subrayó que el hospital actuó “por debajo del estándar mínimo exigido” y que el Estado incumplió su deber de resguardar la seguridad y la identidad de los recién nacidos.

Aunque el tribunal mantuvo la condena indemnizatoria, aplicó una leve rebaja a los montos fijados en primera instancia para algunos demandantes, ordenando que las sumas a pagar a tres de los demandantes por este caso de intercambio, se rebaja a la suma de 180 millones de pesos y respecto a un cuarto, se rebaja a la suma de un millón de pesos.

Con ello, se confirmó que existió responsabilidad del Estado y que las familias afectadas deberán ser compensadas por el daño sufrido tras más de 40 años de desconocimiento sobre su verdadera historia.

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