AFP deberá pagar $10 millones a extrabajadora: La despidió injustificadamente y la vetó del sistema previsional
Durante seis años, una trabajadora se desempeñó como asesora de inversiones en AFP Cuprum S.A., manteniendo un historial laboral intachable.
Sin embargo y según se puede apreciar en el fallo judicial, en enero de 2019 fue despedida bajo la causal de “incumplimiento grave de las obligaciones del contrato de trabajo”, acusada de haber presentado un documento adulterado en la afiliación de una clienta.
Ella negó haber cometido la irregularidad y demandó por despido injustificado.
El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago le dio la razón, y la Corte de Apelaciones confirmó el fallo, declarando que la trabajadora no tuvo responsabilidad alguna en la adulteración.
Pese a ello, AFP Cuprum la incluyó en el “Archivo de Agentes Afectos a Irregularidades” de la Superintendencia de Pensiones, un registro reservado para quienes cometen faltas graves como falsificación de firmas o apropiación indebida.
Esa inscripción le impidió volver a trabajar en el sistema de AFP y afectó gravemente su reputación.
Ante esta situación, la extrabajadora presentó una demanda civil por responsabilidad extracontractual ante el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago.
Sostuvo que la empresa actuó de manera arbitraria, negligente y sin fundamento, al mantenerla en el registro incluso después de que la justicia laboral declarara que su despido no se ajustaba a derecho.
La jueza Gabriela Silva Herrera acogió parcialmente la demanda y condenó a AFP Cuprum a pagar una indemnización de $10.000.000 por concepto de daño moral.
En el fallo, la magistrada concluyó que la administradora “incurrió en una conducta ilícita, al incluir a la demandante en el Archivo de Agentes Afectos a Irregularidades; por lo que no cabe más que desprender que ha actuado con culpa en su cometido, esto es, de manera negligente”.
El tribunal rechazó la solicitud de indemnización por lucro cesante, al considerar que la trabajadora no acreditó de manera suficiente los perjuicios económicos reclamados, pero reconoció que la inclusión injustificada en el registro afectó su honra, su estabilidad emocional y su capacidad de trabajar en el rubro previsional.
La sentencia ordenó el pago de los $10 millones reajustados según el IPC y con intereses corrientes, reafirmando que Cuprum pudo haber solicitado su eliminación del registro y no lo hizo, actuando “sin cuidado y de manera contraria a derecho”.