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Médica multada con $519 mil por emitir licencia sin fundamento clínico alegó sanción injusta: Corte rechazó su reclamo
Agencia Uno

Médica multada con $519 mil por emitir licencia sin fundamento clínico alegó sanción injusta: Corte rechazó su reclamo

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 20.10.2025
La Corte de Santiago rechazó la reclamación de una médica y confirmó la multa de 7,5 UTM impuesta por la Suseso por una licencia emitida sin sustento clínico. El fallo valoró el informe del psiquiatra contralor y la rebaja desde 15 UTM.

Una médica general emitió una licencia médica a una paciente que consultó por síntomas de ansiedad y estrés laboral, diagnóstico que ya había sido confirmado por otro profesional días antes.

Sin embargo y según se puede apreciar en el fallo judicial, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) estimó que el reposo otorgado carecía de fundamento clínico y la sancionó con una multa de 7,5 UTM —equivalente a cerca de $519.487—, tras rebajarla desde 15 UTM luego de acoger parcialmente un recurso de reposición.

La profesional reclamó ante la Corte de Apelaciones de Santiago, argumentando que la decisión era ilegal y arbitraria, pues no se habrían considerado los antecedentes médicos ni el contexto emocional de la paciente.

Durante el proceso, la médica explicó que la licencia tipo 6 tenía como fin derivar el caso a la mutualidad correspondiente y que cualquier error detectado en el informe clínico fue solo de tipeo.

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A su juicio, la sanción infringía el artículo 41 de la Ley N° 19.880, al carecer de motivación suficiente, y vulneraba el derecho constitucional al debido proceso.

Además, alegó desproporcionalidad en la multa, considerando su colaboración durante el procedimiento y la ausencia de antecedentes previos.

La Suseso defendió la legalidad de su actuar, señalando que el caso fue revisado por un psiquiatra contralor, quien determinó que los antecedentes no describían de manera suficiente el cuadro clínico, su evolución ni el compromiso funcional que justificara el reposo.

Según la entidad, los síntomas relatados correspondían a factores laborales no susceptibles de tratamiento mediante licencia médica.

También informó que la profesional había emitido más de 5.400 licencias entre 2021 y 2024, superando ampliamente el umbral de fiscalización.

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La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago —integrada por los ministros Enrique Durán Branchi, Pablo Toledo González y la abogada integrante Paola Herrera Fuenzalida— rechazó la reclamación judicial.

El tribunal sostuvo que la resolución de la Suseso “se encuentra suficientemente motivada en criterios técnicos y jurídicos, evaluando la información aportada por la profesional”.

Además, estimó que no hubo infracción al debido proceso, pues la médica tuvo oportunidad de presentar sus descargos, y que la rebaja de la multa evidenciaba una aplicación razonada del principio de proporcionalidad.

En consecuencia, el fallo confirmó la legalidad de la sanción impuesta, dejando firme la multa de 7,5 UTM, equivalente a aproximadamente $519.487.

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