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Le cobraron más de $5 millones por boletas sin lectura de medidor y Enel no refacturó y desobedeció: Corte ordena corregir
Agencia Uno

Le cobraron más de $5 millones por boletas sin lectura de medidor y Enel no refacturó y desobedeció: Corte ordena corregir

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 20.10.2025
La Corte de Santiago ordenó a Enel refacturar cobros por más de $5 millones, tras confirmar que la empresa ignoró una orden de la SEC. El tribunal calificó su actuar como “caprichoso, infundado e ilegal” y concluyó que afectó el derecho de propiedad del usuario.

La historia comenzó con una serie de cobros irregulares en las cuentas de electricidad de un vecino de Recoleta.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, entre octubre de 2023 y julio de 2024, Enel Distribución Chile S.A. le facturó montos que superaron los $5 millones, pese a que su consumo histórico era considerablemente menor.

El afectado reclamó primero ante la empresa, sin recibir solución, y luego ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que tras revisar los antecedentes concluyó que la compañía no había realizado correctamente las lecturas del medidor.

En su resolución del 3 de septiembre de 2024, la SEC ordenó refacturar el periodo sin lectura y limitar los cobros al doble del promedio mensual, sin aplicar intereses por mora.

Pese a esta orden, Enel mantuvo los montos originales y continuó facturando con cálculos provisorios, desconociendo lo instruido por el organismo técnico.

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Frente a esta situación, el afectado interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, acusando a la empresa de incumplir la resolución administrativa y vulnerar su derecho de propiedad al persistir en cobros sin respaldo.

En su defensa, Enel alegó haber cumplido parcialmente la instrucción, asegurando que había rebajado $1.913.953 de la deuda inicial, aunque admitió mantener un saldo pendiente.

Sin embargo, la SEC confirmó que aún restaba por descontar $341.726 para dar pleno cumplimiento a su orden.

En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada —integrada por las ministras Maritza Villadangos, María Paula Merino y el abogado integrante Cristián Parada— estableció que la empresa “no ha logrado explicar los montos facturados al actor durante el periodo en controversia ni la forma en que llegó a su quantum”.

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El tribunal calificó la conducta de Enel como “caprichosa, infundada e ilegal”, al persistir en cobros excesivos y desconocer lo instruido por la autoridad administrativa.

La Corte consideró arbitrario el actuar de la compañía al no acatar el oficio de la SEC y determinó que ello vulneró el derecho de propiedad del usuario.

En consecuencia, acogió el recurso con costas y ordenó a Enel Distribución Chile S.A. “dar estricto cumplimiento” a lo dispuesto por la Superintendencia, refacturando las boletas según los parámetros fijados en la resolución de septiembre de 2024.

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