
Funcionaria judicial se tomó fotos sexuales en tribunal y difundió contenido en redes: Corte ordenó suspensión por 4 meses
Suspendida por cuatro meses quedó una funcionaria del Juzgado de Letras de Loncoche luego de que la Corte de Apelaciones de Temuco confirmara que se tomó fotografías íntimas en las dependencias del tribunal y difundió material erótico en redes sociales durante su jornada laboral.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la sanción se aplicará con goce de medio sueldo y, además, se ordenó abrir un cuaderno de remoción en su contra.
El caso se originó a partir de la denuncia del fiscal judicial Juan Santana Soto, quien sostuvo que las acciones infringían el principio de probidad administrativa y constituían un uso indebido de recursos públicos.
El fallo subraya que “se utilizó un espacio institucional durante horario laboral para producir y compartir material de carácter sexual explícito, lo que constituye una falta de lealtad al cargo y afecta la dignidad y prestigio del Poder Judicial”.
La funcionaria sancionada respondió que la acusación ha dañado su honra de manera intencional.
Aclaró que no ofrece ni ha ofrecido servicios sexuales, que la investigación omitió pruebas relevantes y que apelará la medida ante la Corte Suprema.
También recalcó que no existen causas penales confirmadas en su contra por prostitución ni por delitos relacionados con menores de edad.
Este episodio se suma a un sumario administrativo abierto en abril de 2025 contra la misma trabajadora, entonces identificada solo por sus iniciales, en el que se le vinculaba a perfiles en plataformas para adultos, supuestas estafas a adultos mayores y presunta prostitución.
Sin embargo, esos antecedentes aún se encuentran en investigación y no han sido acreditados judicialmente.
La sanción aplicada por la Corte de Temuco se enmarca en las obligaciones de probidad y transparencia que la Ley N° 20.880 impone a los funcionarios públicos.
Asimismo, responde a las directrices internas del Poder Judicial sobre el uso responsable de redes sociales, que advierten que cualquier contenido publicado desde dependencias institucionales o durante la jornada laboral puede afectar la confianza ciudadana y la imagen del sistema de justicia.
En este contexto, el pleno del tribunal sostuvo que las conductas sancionadas no solo constituyen una falta administrativa, sino también una transgresión ética que daña la legitimidad del servicio público judicial, razón por la cual se estimó necesaria la suspensión y la apertura de un cuaderno de remoción.