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Banco le devolvió $7 millones tras fraude pero luego lo demandaron para recuperarlos: Corte rechazó por falta de pruebas de culpa
Agencia Uno

Banco le devolvió $7 millones tras fraude pero luego lo demandaron para recuperarlos: Corte rechazó por falta de pruebas de culpa

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 22.09.2025
El Banco Santander devolvió $7,1 millones a un cliente por transacciones desconocidas y luego lo demandó para recuperarlos, alegando descuido grave. La Corte de La Serena confirmó que no probó su culpa y ordenó que la entidad asumiera la pérdida.

Un cliente del Banco Santander en La Serena desconoció una serie de transacciones hechas entre el 22 y el 24 de febrero de 2022 por más de $7,1 millones.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el 25 de febrero denunció el extravío de su tarjeta, lo que activó el procedimiento de la Ley 20.009.

En esa primera etapa, el banco le restituyó los fondos, tal como ordena la normativa, al tratarse de operaciones reportadas como no reconocidas.

Tiempo después, Santander investigó el caso y concluyó que las transacciones se habían hecho con la tarjeta física, usando chip y clave correcta, lo que descartaba fallas de seguridad del banco.

A su juicio, el cliente actuó con negligencia grave: avisó con retraso, no denunció robo ni hurto y reconoció que solía extraviar su tarjeta.

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Con esos argumentos, el banco demandó al usuario en el Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena, pidiendo que devolviera los 35 UF (unos $7.113.785) que le habían abonado.

El tribunal de primera instancia rechazó la demanda. Señaló que, si bien las operaciones se realizaron con tarjeta y clave válida, había indicios objetivos de fraude y, además, el banco no demostró que hubiera cumplido con todas las medidas de seguridad exigidas por la Ley 20.009.

Entre ellas, sistemas de monitoreo y alertas que permitan detectar operaciones anormales. La jueza destacó que, en pocos días, se efectuaron múltiples compras y giros por montos altos, lo que debió activar algún aviso.

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Santander apeló, insistiendo en que el cliente fue descuidado y que el riesgo debía recaer en él. Pero la Corte de Apelaciones de La Serena confirmó la sentencia y sostuvo que el banco no acreditó dolo ni culpa grave del usuario.

Agregó que el retraso de tres días en el aviso era razonable, ya que el cliente tomó conocimiento de lo ocurrido recién cuando vio bloqueada su aplicación.

El fallo enfatizó que la responsabilidad no podía trasladarse íntegramente al usuario cuando existían antecedentes de fraude y deficiencias de seguridad del emisor.

Con ello, quedó firme la decisión: el cliente no deberá devolver los $7,1 millones y el banco debe asumir la pérdida.

La resolución fue redactada por la abogada integrante Pía Paulina Bustos Fuentes.

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