
La disputa en tribunales del cliente de Santa Isabel que fue golpeado en el suelo por guardias y tras 8 años obtuvo $10 millones
El 17 de octubre de 2017, un cliente que ingresó al supermercado Santa Isabel de avenida Libertador Bernardo O’Higgins en Santiago fue brutalmente agredido por dos guardias de seguridad.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la víctima fue arrojada al suelo, golpeada con pies, puños y un objeto contundente, lo que le provocó un traumatismo craneal, lesiones en el rostro y una fractura en la pierna izquierda que requirió cirugía.
El ataque lo dejó siete meses sin poder desplazarse con normalidad y motivó la inmediata detención de los guardias, quienes luego fueron condenados penalmente.
En 2021, el afectado demandó civilmente a la empresa administradora del supermercado, solicitando el pago de $546.000 por gastos médicos y de traslado, además de $50 millones por daño moral.
Alegó que la compañía debía responder por el actuar de los guardias, aun cuando hubiesen sido contratados a través de una firma externa, ya que prestaban servicios en beneficio directo del local.
El 10° Juzgado Civil de Santiago, en 2022, declaró la responsabilidad de la empresa, pero rechazó las indemnizaciones solicitadas por considerar que no había prueba suficiente de los daños.
El tribunal estimó que la compañía debía responder por la conducta de sus guardias, pero no acreditó con precisión los perjuicios reclamados.
Ambas partes apelaron. La defensa de la empresa insistió en que los guardias dependían de una firma subcontratada y que actuaron de manera “impropia” a sus funciones, mientras que la parte demandante pidió que se reconociera el daño moral.
La Corte de Apelaciones de Santiago, con los ministros María Teresa Díaz, Juan Ángel Muñoz y Mauricio Olave, rechazó los argumentos de la empresa y confirmó que la ley presume la responsabilidad del empresario por los actos de quienes actúan bajo su organización.
“Los guardias no eran sujetos autónomos sino que estaban insertos en la organización del empresario principal, quien era además quien se beneficiaba de las labores de éstos”, sostuvo el fallo.
El tribunal también consideró que existían antecedentes previos sobre conductas violentas de los mismos guardias en el local, lo que demostraba falta de reacción oportuna de la empresa para corregir la situación.
En su resolución final de de septiembre de 2025, la Corte revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó a la empresa a pagar $10 millones por daño moral, monto que deberá reajustarse e incluir intereses en caso de moral.