
"Que la vergüenza cambie de lado": El tajante mensaje de Pedro tras sobreseimiento de su padre Cristián Campos por abuso
Luego de que la Corte Suprema rechazara el recurso de queja en contra del actor Cristián Campos, su hijo Pedro publicó un mensaje en redes sociales que confirma su respaldo a su media hermana, Raffaella di Girolamo, quien lo denunció por abuso ocurrido en su infancia.
Tras el fallo judicial que benefició a Cristián Campos -aunque tampoco fue declarado inocente-, su hijo Pedro Campos escribió a través de su cuenta de Instagram: "Que la vergüenza cambie de lado".
Este gesto fue interpretado por muchos como una clara señal de que mantiene su posición crítica frente al resultado del proceso judicial y su inquebrantable apoyo a su media hermana, quien lo acusó de haber sufrido abuso en su infancia, cuando Cristián Campos era su padrastro.
Durante el desarrollo del caso, tanto Pedro como su hermano Antonio Campos respaldaron públicamente a Raffaella, llegando incluso a declarar en contra de su propio padre.
La fractura familiar se profundizó a raíz del caso, y ha sido abordada por Cristián Campos en diversas entrevistas.
En el programa "Hay que Decirlo" de Canal 13, el actor reconoció que la relación con sus hijos se encuentra quebrada y aseguró que, más allá del distanciamiento, lo que más le dolió fue que su actual pareja y su hija menor fueran arrastradas al conflicto.
“Lo más doloroso no fue el quiebre con mis hijos, sino haber involucrado a mi mujer y a mi hija de 15 años en esto. Eso lo encuentro imperdonable", expresó.
Sobreseído pero no inocente
Fue en mayo que el Trigésimo Cuarto Juzgado del Crimen de Santiago dio por acreditados tres episodios de vulneración sexual contra Raffaella di Girolamo entre 1989 y 1995, cuando era menor de edad. Pese a esto, el actor fue sobreseído debido a que los delitos prescribieron.
Es decir, el actor Cristián Campos sí incurrió en actos de vulneración sexual en contra de la denunciante, cuando su madre, la actriz Claudia di Girolamo, mantenía una relación con Campos en esa época.
Los episodios tuvieron lugar entre 1989 y 1995: el primero cuando Raffaella tenía 11 años, otros dos entre los 13 y 14, y el último a los 17 años.
La sentencia fue clara al señalar en dicho fallo:
"Los hechos descritos constituyen actos de evidente vulneración sexual, afectando directamente el bien jurídico protegido, apareciendo dichos relatos como coincidentes, en lo fundamental, con las demás pruebas de cargo incorporadas al proceso."
Pese a la gravedad de lo constatado, la justicia resolvió no imponer sanciones al actor. La razón: los delitos han prescrito, debido al tiempo transcurrido desde los hechos.
“Se ha extinguido la responsabilidad penal (...) por prescripción de la acción penal".