
Banco la llamaba casi todos los días para cobrarle una deuda inexistente y fue a la justicia: Deberán pagarle $7 millones por acoso
Una clienta del Banco Ripley debió enfrentar años de hostigamiento telefónico y por mensajes de texto a causa de una deuda, pese a que ya existía una orden judicial que obligaba a la entidad a cesar las cobranzas extrajudiciales.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el caso llegó a tribunales en 2017, cuando la Corte de Apelaciones de Santiago había dictado una resolución clara: la empresa debía abstenerse de seguir contactando a la demandante por conceptos de cobro.
Sin embargo, a fines de 2018, la institución insistió con los llamados y notificaciones, incumpliendo abiertamente el mandato judicial.
La afectada decidió entonces iniciar una demanda de indemnización por los perjuicios sufridos. El Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago acreditó que el banco no solo actuó ilícitamente al desacatar a un tribunal superior, sino que además provocó un daño directo a la clienta.
En la sentencia, el juez Álvaro Cayuqueo Pichicón subrayó: “La demandante sufrió detrimentos patrimoniales y afecciones psicológicas de gran entidad que deben ser reparadas”.
El tribunal fijó en $2.000.000 el monto por daño emergente, correspondiente a gastos en asesoría legal y atenciones psicológicas, y en $5.000.000 la indemnización por daño moral, considerando el dolor y la angustia provocada por el hostigamiento y la vulneración reiterada de una orden judicial.
El banco apeló buscando revertir la condena, pero la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por el ministro José Pablo Rodríguez, la fiscal judicial Clara Carrasco y la abogada integrante Francisca Amigo, ratificó la resolución en todas sus partes el 28 de agosto de 2025.
El tribunal concluyó que no había fundamentos para modificar el fallo y confirmó íntegramente las indemnizaciones otorgadas.