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Familia consigue en tribunales indemnización de $260 millones tras suicidio de estudiante que fue sancionado sin respetar protocolos
Agencia Uno

Familia consigue en tribunales indemnización de $260 millones tras suicidio de estudiante que fue sancionado sin respetar protocolos

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 28.08.2025
El Décimo Juzgado Civil de Santiago condenó al Colegio Alianza Francesa a indemnizar con $260 millones a la familia de un alumno de 17 años que se suicidó tras ser suspendido en 2017, declarando que el establecimiento incumplió protocolos y su deber de protección.

En agosto de 2017, un estudiante de 17 años del Lycée Antoine de Saint-Exupéry (Alianza Francesa de Santiago) fue sorprendido con 1,7 gramos de marihuana en el colegio.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, al día siguiente de haber sido suspendido por nueve días, el joven se quitó la vida. El caso marcó a su familia y abrió un proceso judicial que siete años después tuvo un desenlace en los tribunales civiles.

El Décimo Juzgado Civil de Santiago condenó a la Corporación Educacional Alianza Francesa a pagar una indemnización de $260 millones: $200 millones al padre y $60 millones a los tres hermanos, además del pago de las costas del juicio.

La sentencia estableció que la institución “influyó de sobremanera en la decisión del alumno” y recalcó que “si se hubiese actuado conforme a los protocolos y normativa, la consecuencia fatal no se habría producido”.

El fallo determinó que el colegio incumplió gravemente su deber de protección, al no resguardar la integridad psíquica del joven ni seguir los protocolos internos en situaciones de este tipo.

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El Consejo de Disciplina, compuesto por 13 adultos, operó sin reglas claras: no se definió quiénes lo integraban, cómo sesionaba ni cuáles eran sus facultades.

Además, la suspensión aplicada no se ajustó ni al reglamento interno ni a la normativa de la Superintendencia de Educación, que establece un máximo legal de cinco días salvo una justificación fundada, que en este caso no se acreditó.

El abogado de la familia destacó que este fallo “reafirma el deber de los colegios de proteger el bienestar emocional y psicológico de sus estudiantes”, y agregó que esperan que “sirva como un rotundo llamado a la acción para garantizar que nunca más se repitan situaciones como esta en el país”.

Este caso no fue el primero en generar sanciones. En 2018, la Superintendencia de Educación ya había amonestado al establecimiento, imponiéndole una multa de 58 UTM —aproximadamente $2,7 millones— por no respetar el debido proceso y aplicar protocolos deficientes.

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El organismo advirtió, entre otros puntos, el uso del idioma francés en deliberaciones complejas, lo que afectaba la comprensión plena de los procedimientos.

El rector del colegio, en declaraciones de 2017, reconoció que el estudiante presentaba una “fragilidad psico-emocional” y aseguró que se había actuado conforme a protocolos reforzados tras capacitaciones de Carabineros, intentando mantener discreción al conducir al alumno a la comisaría.

Con este fallo, se fija un precedente en materia de responsabilidad educacional, al subrayar que las instituciones no solo deben velar por la disciplina y el rendimiento académico, sino también por la protección emocional y psicológica de sus estudiantes.

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