Súmate a nuestro canal en: WhatsApp
Fue estafado y perdió su auto, pero la aseguradora no respondió: En juicio logró que Corte ordene pagarle $15 millones
Agencia Uno

Fue estafado y perdió su auto, pero la aseguradora no respondió: En juicio logró que Corte ordene pagarle $15 millones

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 08.08.2025
La Corte de Santiago ordenó a Liberty Seguros pagar $15 millones a cliente estafado al entregar su auto a una automotora fraudulenta. El tribunal estimó que, ante la ambigüedad de la póliza, la interpretación más favorable al asegurado debe prevalecer.

En septiembre de 2020, un ingeniero publicó la venta de su auto Mazda CX-5 en un sitio web y fue contactado por representantes de una supuesta automotora, quienes ofrecieron gestionar la venta.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, tras aparentes gestiones serias, incluida la promesa de firmar en notaría, el afectado entregó el vehículo firmando un borrador de compraventa, sin recibir nunca el pago ni recuperar su automóvil.

Poco después, comprobó que había sido víctima de una estafa, presentó una querella penal y denunció el siniestro a su aseguradora, Liberty Compañía de Seguros Generales S.A.

La empresa rechazó cubrir el caso, argumentando que la entrega fue voluntaria y que no correspondía a un robo, hurto o “uso no autorizado” contemplado en la póliza contratada.

Ante esta negativa, el afectado acudió a tribunales. En primera instancia, el 4º Juzgado Civil de Santiago rechazó su demanda.

[Te puede interesar] Docente logra fallo histórico tras perder visión de un ojo por perdigones de Carabineros en estallido social: Le pagarán $90 millones

Sin embargo, el 30 de julio de 2025, la Corte de Apelaciones de Santiago revocó el fallo y acogió la acción de cumplimiento de contrato.

La Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jaime Balmaceda, Fernando Valderrama y el abogado integrante Luis Hernández– concluyó que la interpretación de la cláusula de cobertura debía favorecer al asegurado.

La ley manda asignar a la estipulación un sentido que favorezca al asegurado”, señala el fallo, aludiendo al principio del artículo 3º letra e) de la Ley de Seguros.

Además, se acreditó que existía una sentencia penal ejecutoriada por estafa que probaba el delito sufrido por el actor.

[Te puede interesar] Funó a exarrendadora en Facebook con insultos como “estafadora” y memes burlescos: Suprema ordena borrar publicaciones

El fallo establece que “el contrato de seguro reviste el carácter de contrato de adhesión”, y que “al no haber definido la aseguradora qué debe entenderse por uso no autorizado”, corresponde aplicar la interpretación más favorable al contratante.

Por ello, se ordenó a Liberty pagar $15.000.000, equivalente al valor comercial del vehículo, negando eso sí la indemnización por daño moral, al no haberse acreditado.

La decisión fue acordada con el voto en contra del abogado integrante Luis Hernández, quien estimó que hubo consentimiento del asegurado y que el caso no encajaba en la cobertura ofrecida por la póliza.

[Te puede interesar] Vecino de San Bernardo fue a tribunales por ruco junto a paradero: Corte ordena a municipio retirarlo por generarle temor y estrés