
La historia de la mujer que luchó 4 años contra Enel por cobros sin respaldo: Corte ordena devolver lo facturado desde 2022
Una vecina de Santiago detectó que desde hace años su boleta eléctrica incluía un cobro injustificado por el uso de una “copa de agua”, que debía estar incorporado en los gastos comunes del condominio.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, desde 2023 acudió repetidamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) buscando que Enel Distribución Chile S.A. dejara de facturar ese ítem y le devolviera los montos cobrados.
La SEC le dio la razón en tres oficios distintos —fechados en junio y noviembre de 2023, y marzo de 2024—, instruyendo a la empresa a eliminar ese cargo y revertir lo cobrado desde 2022.
A pesar de los pronunciamientos firmes de la autoridad reguladora, Enel no cumplió con la orden. En sus respuestas, la empresa alegó que no podía revertir el cobro porque se trataba de un “servicio común” regido por la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, y que su facturación respondía a una decisión de la administración del edificio.
Para la recurrente, esa posición era inaceptable: no solo no se cumplía con lo instruido por la SEC, sino que el cargo seguía apareciendo en su boleta mes a mes.
La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago —integrada por la ministra Sandra Araya, el ministro suplente Luis Avilés y el abogado integrante Jorge Gómez— acogió el recurso de protección presentado por la afectada, y resolvió que la empresa había actuado en forma ilegal y arbitraria al no acatar las instrucciones de la autoridad fiscalizadora.
El tribunal destacó que Enel “no ha acompañado antecedentes documentales que den cuenta que procedió en tal sentido” y que su negativa a cumplir “vulnera el principio de juridicidad que rige a los órganos y empresas sometidos a regulación administrativa”.
La sentencia también remarcó que los dictámenes de la SEC son vinculantes y que Enel jamás interpuso recursos administrativos ni judiciales para suspenderlos, por lo que debía ejecutarlos de forma inmediata.
El fallo concluye que la actuación de la empresa “vulnera el derecho de propiedad del recurrente”, consagrado en el artículo 19 N°24 de la Constitución.
Por ello, ordenó a Enel dar cumplimiento inmediato e íntegro a los oficios de la SEC, absteniéndose de seguir cobrando el ítem vinculado a la copa de agua y revirtiendo lo facturado desde 2022.