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Suprema dicta precedente laboral: piloto que renunció a Jetsmart sí pagará $9,9 millones por capacitación que empresa le dio
Agencia Uno

Suprema dicta precedente laboral: piloto que renunció a Jetsmart sí pagará $9,9 millones por capacitación que empresa le dio

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 04.07.2025
La Corte Suprema confirmó que un expiloto deberá pagar a Jetsmart $9.915.886 por abandonar la empresa antes del plazo fijado en su contrato. Rechazó sus recursos al considerar que no impugnó adecuadamente el fallo y que la conciliación laboral no impedía el juicio civil.

En enero de 2018, un joven piloto fue contratado por la aerolínea Jetsmart para desempeñarse como primer oficial.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, como parte de su incorporación, suscribió un anexo contractual que regulaba el financiamiento de un curso de habilitación para volar aeronaves Airbus A320, por un valor de $11.300.000.

El acuerdo establecía que el costo sería cubierto mediante descuentos mensuales del 15% de su sueldo, y que, si el contrato terminaba por renuncia o causal de caducidad antes de tres años, el saldo restante debía ser reembolsado.

El piloto presentó una carta de despido indirecto en diciembre de ese mismo año, habiendo cubierto sólo una fracción del monto.

Jetsmart lo demandó civilmente por el saldo pendiente: $9.915.886. La defensa alegó que ya existía una conciliación laboral previa que debía impedir esta acción y sostuvo que las cláusulas del contrato eran abusivas.

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Sin embargo, el Sexto Juzgado Civil de Santiago desestimó esos argumentos, señalando que el acuerdo alcanzado en sede laboral excluía expresamente la demanda civil.

También rechazó que la cláusula fuera abusiva, validando su aplicación al tratarse de un requisito previo y necesario para ejercer el cargo de piloto.

El fallo fue confirmado en su totalidad por la Corte de Apelaciones de Santiago el 11 de febrero de 2025.

La defensa acudió entonces a la Corte Suprema con recursos de casación en la forma y en el fondo. A

legaron que la sentencia desconocía la conciliación laboral previa y que no se respetó la fuerza obligatoria del contrato.

La Primera Sala del máximo tribunal —integrada por los ministros Arturo Prado, María Soledad Melo, Hernán González y los abogados Raúl Fuentes y José Miguel Valdivia— declaró inadmisibles ambos recursos.

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La Corte explicó que el de casación en la forma no fue preparado correctamente, ya que la defensa no impugnó oportunamente el fallo de primera instancia.

En cuanto al recurso de fondo, se rechazó por falta de desarrollo argumentativo y por no enfrentar el punto central del fallo: que la conciliación laboral no incluía la materia civil de cobro de pesos.

“La conciliación expresamente excluyó la demanda civil tramitada ante el Sexto Juzgado Civil”, recordó el fallo.

Además, señaló que el recurso no satisfizo los requisitos legales de la casación en derecho estricto, dejando firme la condena.

El excapitán deberá pagar los casi 10 millones reclamados, con reajustes conforme al IPC, aunque sin intereses, ya que estos no fueron pactados.

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