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La guerra de los refrigeradores en Punta Peuco: Corte de Apelaciones congela retiro de electrodomésticos usados por reos
Agencia Uno

La guerra de los refrigeradores en Punta Peuco: Corte de Apelaciones congela retiro de electrodomésticos usados por reos

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 01.07.2025
La Corte de Apelaciones reconvirtió en recurso de protección la acción presentada por 134 internos de Punta Peuco contra el retiro de refrigeradores. Ordenó suspender la medida mientras se revisa si vulnera su integridad física y psíquica, dada su edad y estado de salud.

En medio del proceso de transformación de Punta Peuco en un penal común, Gendarmería de Chile comunicó a los reclusos de ese establecimiento —condenados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura— que deberán retirar la mayoría de los refrigeradores que han utilizado durante años.

La decisión, notificada el 19 de junio de 2025 por el alcaide Cristóbal Vargas, impone un máximo de un refrigerador mediano por cada cinco internos.

Frente a este anuncio, la abogada Carla Fernández Montero presentó un recurso de amparo en representación de 134 internos, cuestionando la legalidad de la medida.

Sostuvo que la mayoría de los reclusos son adultos mayores, algunos con más de 90 años, y que muchos enfrentan enfermedades graves o terminales.

El retiro de los refrigeradores, alegó, pone en riesgo su salud, pues se usan para conservar medicamentos como insulina, alimentos enterales y productos perecibles que no forman parte del régimen alimentario que entrega el penal.

Gendarmería justificó la medida señalando que responde a razones de eficiencia energética y seguridad interna.

También se mencionó que los espacios liberados permitirían albergar a unos 40 internos adicionales.

Aunque la institución ha afirmado que actúa dentro de sus atribuciones, el recurso acusa una vulneración grave a derechos básicos consagrados en la Constitución y en tratados internacionales ratificados por Chile.

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Corte rechaza amparo, pero admite recurso de protección

La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió que los hechos descritos no se enmarcan dentro de los supuestos que permiten la tramitación de un recurso de amparo.

En su resolución, firmada por los ministros Guillermo de la Barra Dünner, Elsa Barrientos Guerrero y el abogado integrante Jorge Benítez Urrutia, se determinó que no se acreditaba una amenaza directa a la libertad personal de los reclusos, tal como exige el artículo 21 de la Constitución.

En cambio, la Corte estimó que el caso se relaciona con el derecho a la integridad física y psíquica, consagrado en el artículo 19 N°1, por lo que corresponde tramitarlo como un recurso de protección.

Ordenó así su reconversión y envío al Libro de Protecciones, manteniendo su fecha original de presentación.

El día siguiente, el tribunal admitió a trámite el nuevo recurso de protección, instruyó a Gendarmería entregar todos los antecedentes disponibles y concedió una orden de no innovar que suspende la medida mientras se resuelve el fondo del caso.

La orden fue dictada por la Tercera Sala, integrada por la ministra Inelie Durán Madina, el ministro suplente Luis Avilés Mellado (quien votó en contra de la medida cautelar) y el abogado integrante Cristian Parada Bustamante.

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Las condiciones de encierro en disputa

El escrito presentado por la defensa adjunta documentos con el detalle de las enfermedades que padecen los 134 internos, así como la minuta alimentaria del penal.

Según la presentación, el régimen diario contempla una cena a las 16:30 horas y desayuno a las 07:30 del día siguiente, con lo que se genera un ayuno de al menos 15 horas.

Las raciones, según se afirma, son insuficientes para personas con requerimientos nutricionales especiales, como los 78 internos con hipertensión.

También se señala que hay 40 personas insulinodependientes y 25 con enfermedades óseas que requieren alimentación enteral.

En estos casos, los refrigeradores permiten conservar los productos necesarios para el manejo de sus condiciones de salud.

A eso se suma que al menos 20 internos no reciben visitas frecuentes, por lo que dependen de medios propios para conservar alimentos que les proveen familiares de otras regiones.

La defensa califica la medida de Gendarmería como un acto arbitrario e ilegal, sin fundamento racional y contrario a la dignidad humana.

En el recurso se argumenta que las condiciones impuestas constituyen una forma de castigo adicional y que la administración penitenciaria no puede desconocer su obligación de proteger la salud y la integridad de quienes están bajo su custodia.

La presentación cita normas nacionales e internacionales que prohíben los tratos crueles, inhumanos o degradantes, incluyendo el Decreto 518 sobre establecimientos penitenciarios, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

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La tensión política en torno a Punta Peuco

El recurso no omite el contexto político de la decisión. Señala que la medida anunciada por Gendarmería estaría vinculada con el anuncio hecho por el presidente Gabriel Boric durante la cuenta pública de junio de 2025, en la que planteó la conversión de Punta Peuco en un penal común.

Desde su creación, este centro ha sido un símbolo de los privilegios carcelarios otorgados a militares y agentes condenados por crímenes de la dictadura, lo que ha sido ampliamente cuestionado por organizaciones de derechos humanos.

En ese sentido, la reducción de refrigeradores podría ser entendida como un paso en la eliminación de condiciones carcelarias especiales para este grupo de reclusos.

Sin embargo, la defensa insiste en que cualquier cambio debe respetar estándares mínimos en el trato de personas privadas de libertad, especialmente en casos donde hay condiciones de salud comprometidas.

El fallo definitivo sobre este recurso de protección determinará si la medida de Gendarmería puede ejecutarse o si debe retrotraerse, con base en el estándar constitucional y legal de protección a la integridad de las personas privadas de libertad.

Mientras tanto, el retiro de refrigeradores queda en pausa, bajo vigilancia judicial.

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