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Banco negó devolver dinero a joven estafada tras falsa llamada y con fallo de la Suprema logra restitución de $1,2 millones
Agencia Uno

Banco negó devolver dinero a joven estafada tras falsa llamada y con fallo de la Suprema logra restitución de $1,2 millones

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 29.05.2025
La Corte Suprema ordenó a BancoEstado devolver $1.236.128 a una estudiante víctima de estafa telefónica. Pese a que ingresó sus claves por engaño, el tribunal aplicó la Ley N° 20.009, que protege a usuarios ante fraudes sin requerir hackeo del sistema bancario.

La historia comenzó el 7 de mayo de 2024, cuando una estudiante recibió una llamada de alguien que se hizo pasar por ejecutivo de BancoEstado.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, le advirtieron de supuestas compras fraudulentas y le pidieron seguir pasos para bloquearlas.

Así, engañada, accedió a su aplicación bancaria e ingresó sus claves de seguridad. En pocos minutos, se realizaron transferencias desde su cuenta a destinos nacionales y extranjeros por un total de $1.236.128.

Poco después, recibió un correo falso con una “clave provisoria”, lo que confirmó que había sido víctima de una estafa.

Ese mismo día, la estudiante denunció el fraude ante Carabineros y dio aviso al banco, enviando toda la documentación solicitada.

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Sin embargo, el 16 de mayo BancoEstado le comunicó que no le devolverían el dinero, porque —según ellos— ella había autorizado las operaciones al entregar voluntariamente sus datos.

En noviembre volvió a insistir, reenviando la documentación, pero el banco reiteró su negativa.

Ante esto, interpuso un recurso de protección por violación a sus derechos constitucionales, específicamente a la igualdad ante la ley y al derecho de propiedad.

El caso fue visto primero por la Corte de Apelaciones de Concepción, que lo rechazó.

El tribunal consideró que al haber entregado ella misma sus claves, participó activamente en las operaciones y por eso no correspondía aplicar la Ley N° 20.009, norma que protege a usuarios de tarjetas y medios electrónicos en caso de fraude.

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Pero la Corte Suprema revocó ese fallo y acogió el recurso. En su decisión, explicó que la Ley N° 20.009 no exige que haya hackeos o fallas en los sistemas de seguridad del banco para que se aplique.

Basta con que el usuario haya sido víctima de fraude, incluyendo engaños como el “cuento del tío”. La Corte indicó que el banco estaba obligado a restituir el dinero porque no usó la vía legal que permite excluir su responsabilidad: demostrar ante un juez que la clienta actuó con dolo o culpa grave.

El banco no alegó ni menos acreditó haber hecho uso de tal derecho, lo que confirma lo ilegal de su actuar”, concluyó el fallo, firmado por los ministros Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus, Diego Simpértigue y los abogados integrantes María Angélica Benavides y Álvaro Vidal.

Por lo tanto, se ordenó a BancoEstado restituir a la estudiante los $1.236.128, reajustados, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde que la sentencia quede firme.

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