
Cuando la objeción de conciencia se convierte en una barrera estructural
En Chile, el derecho a interrumpir un embarazo bajo las tres causales no es una promesa, es ley. Y, sin embargo, sigue siendo un privilegio. Un derecho que se suspende o se posterga dependiendo de quién atienda, en qué recinto caigas o en qué región te encuentres. No debería ser así, pero lo es.
El mecanismo que permite esta vulneración cotidiana tiene un nombre: objeción de conciencia institucional y personal, y es un reglamento que durante años ha sido tan permisivo como ineficaz.
Por eso, en 2023, el Ministerio de Salud propuso una modificación al Reglamento de Objeción de Conciencia, para asegurar que este derecho no quede a merced de las creencias personales de los prestadores de salud.
A la fecha de hoy, esa reforma lleva más de un año esperando la toma de razón en la Contraloría General de la República. Un año completo en el que niñas, mujeres y personas gestantes siguen enfrentando un sistema que, a pesar de la ley, les cierra la puerta.
Como abogada feminista, me resulta incomprensible -y profundamente preocupante- que un instrumento que no crea nuevos derechos ni elimina los existentes, sino que busca hacer efectiva la Ley 21.030, siga sin ser aprobado. Como señaló Ingrid Villena, directora de la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir:
“La demora en la toma de razón del reglamento sobre objeción de conciencia es incomprensible. Este instrumento no crea nuevos derechos ni restringe los ya existentes: simplemente busca garantizar la aplicación efectiva de la ley”.
No hablamos de trámites burocráticos. Hablamos de niñas de 11, 12 o 13 años que dan a luz. Niñas que, según los últimos datos del DEIS del Minsal, han debido parir en hospitales durante este 2024. Al menos 102 menores de 14 años fueron dadas de alta tras un parto. Nueve de ellas sufrieron desgarros perineales graves.
¿Hasta cuándo vamos a seguir tolerando esto como si fuera parte de la normalidad?
Siomara Molina, coordinadora de la Asamblea Permanente por la Legalización del Aborto, lo dice con claridad:
“Los embarazos y partos en niñas SIEMPRE son un factor de riesgo. La tramitación de este reglamento debió ser una urgencia y, por el contrario, ya lleva un año en la Contraloría sin resultado. Las mujeres y niñas no pueden seguir esperando”.
La Ley 21.030 fue una conquista social, feminista y democrática. Pero los derechos no se ejercen solo cuando se consagran en un texto legal, sino cuando hay garantías efectivas para hacerlos realidad. Y esa garantía, hoy, sigue en pausa.
El Estado tiene el deber jurídico y ético de asegurar condiciones para que quienes necesitan abortar lo hagan sin ser sometidas a peregrinaciones, negaciones ni violencia institucional. La inacción ya no es neutral: es cómplice.
Por eso, como red de profesionales y como movimiento feminista articulado, exigimos la pronta aprobación del nuevo Reglamento de Objeción de Conciencia. La demora, hoy, es una forma de violencia.