
Suprema condena a excarabinero a 10 años de cárcel por secuestro y asesinato de obrero en dictadura
La Corte Suprema de Chile ratificó este lunes la condena impuesta al exteniente de Carabineros Joel Bladimiro Esquivel Contreras, por su participación en el secuestro calificado y posterior ejecución del obrero Vicente del Carmen Vidal Paredes, ocurrida en octubre de 1973 en San Joaquín.
La decisión fue tomada de forma unánime por la Segunda Sala Penal del máximo tribunal, que rechazó el recurso de casación presentado por la defensa del exuniformado.
Con esta resolución, se mantuvo la sentencia dictada en febrero de 2023 por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que lo condenó a 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, en calidad de autor del delito de secuestro calificado, en grado consumado.
Los hechos ocurrieron el 5 de octubre de 1973, apenas semanas después del golpe militar, cuando funcionarios de la Tenencia de Carabineros de San Joaquín irrumpieron en la población Aníbal Pinto como parte de un operativo nocturno.
Durante el allanamiento, agentes detuvieron sin orden judicial a Vicente Vidal Paredes en su domicilio, ubicado en el pasaje 4 de dicha comuna. Junto a él, también fueron detenidos los vecinos Luis Enrique Pinto Lillo, Roberto Muñoz Candia, Juan Darío Villagra González y Miguel Ángel Villagra González.
Todos fueron trasladados a la unidad policial comandada por el entonces teniente Esquivel Contreras —conocida en aquel tiempo como Tenencia Sumar— donde fueron víctimas de maltratos. Sin embargo, a diferencia de los otros detenidos, Vicente Vidal no fue puesto a disposición de ninguna autoridad judicial ni administrativa.
Esa misma noche, fue ejecutado con siete disparos en la cabeza y el tórax, y su cuerpo abandonado en el Zanjón de La Aguada, en Santiago.
Los ministros Manuel Valderrama, María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo y los abogados integrantes Pía Tavolari y Eduardo Gandulfo, concluyeron que la responsabilidad de Esquivel Contreras en los hechos era incuestionable, dado su rol de mando en la unidad que perpetró el crimen.
“Esta sentencia da tranquilidad a los hijos, hermanas y hermanos de don Vicente Vidal Paredes, una familia por años aguardó pacientemente que se hiciera justicia", expresó Francisco Bustos, abogado querellante.
Bustos también valoró la firmeza del fallo al señalar que “el rechazado recurso del imputado también debe destacarse pues por su jerarquía, y mando efectivo, era inverosímil negar conocimiento de lo que ocurría en la Tenencia de Carabineros Sumar. En ese sentido, el fallo se alinea con las obligaciones del Derecho Penal Internacional en materia de proscribir la impunidad”.