
Debida Diligencia: empresas son responsables por impactos de actividades de sus filiales, subcontratistas y proveedores
Existe una tensión constante entre el desempeño de las empresas de diversos sectores y la sociedad en su conjunto, debido a que ciertas acciones y actividades repercuten directamente en la calidad de vida de las personas y el bienestar del medio ambiente y los ecosistemas. Es cuando la sostenibilidad empresarial resulta un imperativo.
En ese contexto, la debida diligencia es un proceso continuo mediante el cual las empresas pueden identificar, evaluar, mitigar, prevenir e informar cómo abordan los impactos negativos reales y potenciales de sus actividades, incluidas sus cadenas de suministro y otras relaciones comerciales, como parte integral de los sistemas de toma de decisiones y de manejo de riesgos.
Esto incluye filiales, subcontratistas, proveedores y otras relaciones económicas, en el lugar de procedencia o en terceros países.
Según los Principios Rectores de Naciones Unidas, las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos, esto significa que deben privarse de transgredir estos derechos y afrontar las consecuencias negativas en las que tengan cierta participación.
Guía de la OCDE
La OCDE, con la finalidad de dar una mano a las empresas para comprender e implementar la debida diligencia para que estas cumplan con una conducta empresarial responsable, ha desarrollado una guía con medidas prácticas para implementar o adaptar este proceso.
La Guía de debida diligencia para una conducta empresarial responsable (CER) brinda una visión general, introduciendo conceptos clave en consonancia con las Líneas directrices de la OCDE y su aplicación transversal a cualquier actividad económica.
En el caso de Chile, la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales estipula que la Guía CER proporciona una figura autoexplicada con los pasos que implica la implementación de un proceso de debida diligencia en base a riesgos.
Sugiere que no sea interpretada literalmente como secuencialidad, ya que esto podría ser cierto solo cuando se implementa por primera vez. En la práctica, la característica continua del proceso apunta al hecho de que se trata de un mecanismo vivo que puede significar que más de un paso ocurra de forma simultánea.

La Guía CER entrega los siguiente elementos esenciales sobre la debida diligencia:
▪ Es preventiva: el objetivo central de la debida diligencia es evitar la ocurrencia de impactos negativos sobre las personas, el medio ambiente y la sociedad. Cuando no sea posible, buscará que las empresas puedan mitigar, prevenir su recurrencia y repararlos.
▪ Implica múltiples procesos y objetivos: involucra un conjunto de procesos que se relacionan entre sí y que pueden identificar los impactos negativos, diseñar y ejecutar un plan para abordarlos, hacer seguimiento sobre su implementación y efectividad y comunicar la forma en que están siendo tratados. Este proceso debe estar integrado a los sistemas de gestión y de toma de decisiones de la empresa.
▪ Es proporcional al riesgo: la empresa debe considerar la gravedad y la probabilidad de ocurrencia del impacto negativo. Si estas son altas, la debida diligencia debe desplegarse ampliamente. Esa adaptabilidad también debe responder a la naturaleza del impacto, es decir, se necesitarán estrategias si los impactos adversos son a los derechos humanos, el medio ambiente o la corrupción.
▪ Puede requerir priorización: esta priorización se basa en el riesgo, es decir, si no es factible abordar simultáneamente todos los impactos negativos identificados, entonces la empresa puede realizar una priorización de las medidas que ejecutará en función de la gravedad y la probabilidad de los impactos.
▪ Es dinámica: el proceso de debida diligencia es continuo, receptivo y cambiante. Permite estimar las tareas según sean oportunas, en un aprendizaje fluido de la empresa respecto de lo que funciona y de lo que no, permitiéndose adecuar sus respuestas frente a los cambios en los riesgos según las circunstancias van evolucionando.
▪ No transfiere responsabilidades: cada empresa debe asumir su responsabilidad con respecto a los impactos negativos e intentar usar su influencia para corregir lo necesario.
▪ Relacionada con las normas internacionalmente reconocidas de CER: para las empresas es una obligación respetar la legislación nacional.
▪ Se adapta a las circunstancias de cada empresa: el alcance y profundidad de la debida diligencia dependerá del tamaño de la empresa, el contexto de sus actividades, su modelo de negocio, su posición en la cadena de suministro y la naturaleza de sus productos y servicios.
▪ Se adapta a las limitaciones de trabajar con relaciones comerciales: las empresas pueden tener limitaciones prácticas y legales para influir o afectar sus relaciones comerciales con el propósito de abordar los impactos negativos. Puede intentar superar estas limitaciones mediante acuerdos contractuales, requisitos de precalificación, licencias o contratos de franquicia, entre otros.
▪ Se basa en el compromiso con las partes interesadas: lo ideal es mantener una comunicación bidireccional entre las partes interesadas que pueden verse afectadas por las actividades de la empresa y ésta última, y así las primeras puedan tomar decisiones informadas.
▪ Implica una comunicación continua: la información que genera la debida diligencia sobre los procesos, los resultados y los planes debe ser transmitida regularmente, de forma accesible para su público objetivo y ser suficiente como respuesta frente a los impactos.