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Desde el QR con datos del chofer hasta el seguro contra daños: Las medidas que contempla la nueva Ley Uber
Agencia Uno

Desde el QR con datos del chofer hasta el seguro contra daños: Las medidas que contempla la nueva Ley Uber

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 08.04.2025
La “Ley Uber” comenzará a regir en mayo y exigirá licencia profesional, registro obligatorio y requisitos técnicos para los vehículos. Las aplicaciones deberán informar todos los detalles del viaje y contratar seguros adicionales para operar en el país.

Tras años de tramitación y ajustes reglamentarios, la llamada “Ley Uber” ya está lista para su entrada en vigencia en Chile.

Luego de que la Contraloría aprobara el reglamento elaborado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), solo resta su publicación en el Diario Oficial para que comience a regir 30 días después, lo que ocurriría durante el mes de mayo.

La nueva normativa —Ley 21.553— regulará a todas las Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT), como Uber, DiDi, Cabify e InDrive, estableciendo exigencias tanto para las plataformas como para sus conductores y vehículos.

Uno de los cambios principales será la creación de un Registro Nacional de EAT, dividido por regiones, donde deberán inscribirse tanto los choferes como los autos con los que operan.

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Desde la entrada en vigencia, quienes manejen para estas aplicaciones deberán contar con licencia profesional, además de presentar su certificado de antecedentes, fotografía y otros documentos para poder inscribirse.

Quienes ya estén trabajando y no tengan esta licencia, dispondrán de un plazo de 12 meses para obtenerla.

Cada conductor podrá registrar un máximo de dos vehículos, y cada auto deberá contar con un sticker visible en el parabrisas, con un código QR que permita identificar al chofer, su fotografía y la aplicación para la que trabaja. Este adhesivo será obligatorio para operar.

En cuanto a los requisitos técnicos de los autos, se establece que deberán tener permiso de circulación al día, revisión técnica, SOAP vigente, cilindrada mínima de 1.4 litros (o 70 kw si es eléctrico), dos filas de asientos, alzavidrios, cierre centralizado y no presentar modificaciones.

Para inscribirse, el vehículo deberá tener un máximo de un año de antigüedad, y los reemplazos no podrán superar los tres años. El límite para operar será de 12 años desde su fabricación.

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Las aplicaciones, por su parte, deberán entregar a los pasajeros toda la información del viaje antes de confirmarlo, incluyendo datos del conductor, vehículo, ruta estimada, duración y costo final, incluyendo peajes.

Además, los choferes no podrán aceptar nuevos trayectos mientras estén transportando a un pasajero.

Otro punto importante es la exigencia de contratar un seguro adicional mínimo de 500 UF por parte de las empresas, para cubrir daños a terceros y pérdida total en caso de accidentes.

Se espera que el Ministerio de Transportes entregue en los próximos días más detalles sobre la implementación de la ley, que marcará un nuevo estándar para el funcionamiento de las aplicaciones de transporte en el país.

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