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Gendarme fue detenido por manejar ebrio y causar accidente durante licencia médica: Corte validó retiro temporal
Agencia Uno (Referencial)

Gendarme fue detenido por manejar ebrio y causar accidente durante licencia médica: Corte validó retiro temporal

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 24.03.2025
La Corte de Santiago rechazó recurso de protección de suboficial de Gendarmería apartado por conducir ebrio mientras tenía licencia médica. La medida fue considerada legal.

Un suboficial mayor de Gendarmería fue apartado temporalmente de sus funciones luego de ser detenido por conducir en estado de ebriedad mientras hacía uso de una licencia médica.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el hecho ocurrió el 20 de septiembre de 2023 en la comuna de Chillán, y provocó la apertura de un sumario administrativo.

El funcionario, que llevaba 28 años de servicio sin anotaciones negativas, presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago para dejar sin efecto la medida, alegando que esta era arbitraria y desproporcionada.

En su presentación, explicó que su licencia médica era de carácter psiquiátrico y que no exigía reposo absoluto, por lo que no habría incumplido ninguna obligación.

Afirmó también que su detención ocurrió en un contexto personal complejo, debido al reciente fallecimiento de su cónyuge.

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Acusó además vulneración al debido proceso, ya que la resolución no consideró sus circunstancias personales, ni respetó la presunción de inocencia, pues el procedimiento penal terminó con una suspensión condicional y no con una condena.

Sin embargo, la Corte rechazó el recurso. La Sexta Sala –integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera, Antonio Ulloa y la abogada integrante Catalina Infante– consideró que la decisión de Gendarmería de apartarlo del cargo fue legal y no arbitraria.

Según el fallo, la institución actuó dentro de sus facultades y con base en hechos que “comprometen los estándares de conducta de un funcionario penitenciario”, quebrantando los principios y valores que deben regir en su labor.

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El tribunal recordó que esta medida no se trata de una sanción disciplinaria, sino de una facultad discrecional prevista en el artículo 114 letra b) del DFL N° 412 de 1992, que permite el retiro temporal por necesidad del servicio.

La Corte destacó que, aunque exista un sumario en curso, este no impide tomar decisiones urgentes como separar del cargo a un funcionario que ha incurrido en una conducta incompatible con el ejercicio de sus funciones.

Con estos argumentos, el tribunal desestimó que existiera alguna vulneración a derechos fundamentales y confirmó que la resolución dictada por Gendarmería se ajustó a derecho.

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