
El arquitecto que demostró con fallo que desarrolló enfermedad de salud mental por "relaciones de indiferencia y desafecto"
Un arquitecto que trabajaba para el Departamento de Educación (DAEM) de la Municipalidad de Mulchén enfrentó por años un ambiente laboral tóxico, con conflictos permanentes entre colegas, falta de liderazgo y relaciones marcadas por la indiferencia.
Según los informes médicos y peritajes psicolaborales que se nombran en el fallo judicial, esta situación terminó afectando gravemente su salud mental y física.
Comenzó a tener crisis, necesitó atención médica urgente, fue puesto bajo vigilancia por sus cercanos y desarrolló una enfermedad profesional que hoy le impide desenvolverse con normalidad en su vida cotidiana.
A raíz de esto, decidió demandar a la municipalidad por no haber tomado medidas para evitar el daño. El tribunal le dio la razón.
El Juzgado de Letras y Garantía de Mulchén, a cargo del juez Eduardo Quiroz López, acogió la demanda y ordenó a la casa edilicia pagar $10.000.000 por concepto de daño moral, más reajustes, intereses y el pago de costas por $500.000.
En su fallo, el magistrado estableció que la municipalidad no cumplió con su deber de proteger adecuadamente a su trabajador, como lo exige el artículo 184 del Código del Trabajo.
Una resolución de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), que no fue objetada por la contraparte, confirmó que el arquitecto padecía una enfermedad laboral generada por los constantes conflictos en su entorno laboral.
Además, un informe de la misma institución identificó que existía una “dinámica organizacional disfuncional” en el DAEM de Mulchén, con un estilo de liderazgo que generaba serios problemas entre los integrantes del equipo.
Además, el informe señala que: “Se evidencia una dinámica de la organización disfuncional, con relaciones interpersonales de indiferencia y desafecto entre pares, y existe como factores de riesgo un estilo de liderazgo disfuncional que genera constantes dificultades dentro del equipo de trabajo”.
Según el fallo, la municipalidad no logró demostrar que hubiera tomado medidas preventivas eficaces.
De hecho, las acciones para mejorar el ambiente de trabajo fueron implementadas recién después de que ya se había emitido la resolución que calificaba la enfermedad del trabajador como profesional.
El tribunal concluyó que existió negligencia por parte del empleador, y que el daño que sufre el arquitecto no solo es psicológico, sino también físico, ya que presenta indicios de otras complicaciones como posible hipertiroidismo.