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"Por falta de seguridad": Trabajador que perdió cuatro dedos en una fresadora será indemnizado con $60 millones

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 18.02.2025
El tribunal ordenó a Andritz Chile pagar $60.000.000 por daño moral a un trabajador que perdió cuatro dedos en una máquina sin protecciones. La empresa no tomó medidas de seguridad adecuadas, y la justicia descartó que el accidente fuera por imprudencia de la víctima.

Un trabajador de una empresa industrial sufrió la amputación de cuatro dedos de su mano derecha mientras operaba una máquina fresadora en enero de 2023.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el accidente ocurrió porque la máquina no contaba con las protecciones necesarias, dejando al trabajador expuesto al peligro.

Tras la grave lesión, se inició un proceso judicial para determinar si la empresa era responsable por no garantizar condiciones seguras en el lugar de trabajo.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción concluyó que la empresa Andritz Chile Limitada no tomó las medidas de seguridad necesarias para evitar el accidente.

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Según la sentencia de la jueza Valeria Garrido Cabrera, la compañía tenía la obligación de implementar sistemas de protección en la máquina y capacitar adecuadamente a sus trabajadores para reducir los riesgos de este tipo de incidentes.

Sin embargo, las investigaciones realizadas por la Inspección del Trabajo y la Asociación Chilena de Seguridad demostraron que la máquina no tenía barreras de protección, sensores de parada automática ni un sistema adecuado para expulsar residuos, lo que contribuyó directamente al accidente.

Durante el juicio, la empresa argumentó que el trabajador se expuso imprudentemente al peligro, pero el tribunal desestimó esta defensa, señalando que la responsabilidad recaía en la compañía por no haber tomado las medidas de seguridad correspondientes.

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Además, se destacó que el Comité Paritario de la empresa reconoció que las deficiencias en la protección de la maquinaria fueron un factor clave en el accidente.

La Corte rechazó la demanda por lucro cesante presentada por el trabajador, pero sí ordenó a la empresa pagar $60.000.000 como compensación por daño moral.

Esta suma busca reparar, en parte, las consecuencias físicas y emocionales derivadas del accidente. La indemnización será reajustada según la variación del Índice de Precios al Consumidor y devengará intereses en caso de retraso en el pago.

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