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Por "despido injustificado" de 7 trabajadores multitienda los indemnizará con $17 millones: Arguyó necesidad de empresa

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 12.02.2025
La Corte Suprema rechazó un recurso presentado por siete trabajadores despedidos de Falabella, confirmando que la empresa deberá pagarles $17.748.564 por despidos injustificados. Sin embargo, no se les devolverá el dinero descontado de sus indemnizaciones por el seguro de cesantía.

Un grupo de siete trabajadores que se desempeñaban como vendedores en una tienda de Falabella fueron despedidos a fines de 2022.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la empresa argumentó que la decisión se tomó por "necesidades de la empresa", pero los trabajadores consideraron que su despido no estaba justificado y presentaron una demanda para impugnarlo.

También reclamaron que en sus finiquitos se les descontó un monto del seguro de cesantía, lo que, según ellos, no correspondía.

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El caso fue revisado en el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que determinó que los despidos fueron injustificados y ordenó a la empresa pagar un recargo sobre las indemnizaciones.

En total, la empresa Falabella Retail S.A. fue condenada a pagar $17.748.564 a los siete trabajadores, con el siguiente desglose:

- V.A.L.: $3.078.133

- G.A.C.: $3.635.219

- K.B.C.: $2.266.586

- C.C.H.: $1.383.713

- A.C.M.: $2.599.396

- Y.C.F.: $2.516.848

- S.C.H.: $1.268.670

Los afectados apelaron ante la Corte de Apelaciones de Santiago, argumentando que la ley no permitía que se les descontara parte del seguro de cesantía en casos de despidos injustificados.

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La corte revisó el caso, pero rechazó la apelación, señalando que la normativa vigente permite descontar ese monto, aun cuando el despido haya sido declarado improcedente.

Finalmente, los trabajadores llevaron el caso a la Corte Suprema, pidiendo que se unificara la interpretación de la ley para evitar que en otros casos se aplicara el mismo criterio.

Sin embargo, el tribunal declaró inadmisible el recurso, argumentando que en la sentencia previa no se abordó de manera específica la cuestión legal que los demandantes querían aclarar.

Con esta decisión, se mantiene el fallo que determinó que el despido fue injustificado, pero sin dar lugar a la devolución del dinero descontado por el seguro de cesantía.

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