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Carabinero le disparó en control policial y perdió visión de ojo: Corte ordena indemnizarlo a él, su hermano y su madre
Un hombre vivió un hecho que cambió su vida el 30 de junio de 2016, cuando fue baleado en el rostro por un carabinero durante un control policial en el sector de Bellavista, en Santiago.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, ese día, estaba en su auto cuando dos funcionarios de Carabineros se acercaron a pedirle la documentación del vehículo.
Como no la tenía en ese momento, los policías le indicaron que su auto sería llevado al corral municipal.
Temiendo perderlo, decidió subirse al automóvil e intentar retirarse del lugar. Fue entonces cuando uno de los carabineros disparó, impactándolo en el rostro y dejándolo con la pérdida total de la visión en su ojo izquierdo.
A pesar de la gravedad de su herida, no recibió atención inmediata. En lugar de eso, fue detenido, golpeado y acusado de intentar matar a los policías y de portar municiones de manera ilegal.
Pasó más de un año en prisión preventiva hasta que, en 2017, el Tribunal Oral en lo Penal de Santiago lo absolvió de todos los cargos, al determinar que no había pruebas suficientes para condenarlo y que el disparo del policía no estaba justificado.
Luego de su absolución, presentó una demanda civil contra el Estado, señalando que Carabineros y el Ministerio Público actuaron de forma indebida y que sufrió un daño grave por ello.
En marzo de 2022, el 29° Juzgado Civil de Santiago falló a su favor y condenó al fisco a pagarle una indemnización de 25 millones de pesos por daño moral.
Además, ordenó pagar cuatro millones de pesos a su madre y la misma cantidad a su hermano, debido al impacto que el caso tuvo en sus vidas.
El Estado apeló la sentencia, pero la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo de manera unánime.
La corte determinó que el actuar de Carabineros no se ajustó a las reglas de uso de la fuerza, ya que el disparo se realizó sin que el policía estuviera en peligro y sin que existiera una razón que lo justificara.
Además, estableció que la acusación penal en su contra no tuvo fundamento suficiente y que su detención fue innecesariamente prolongada.
Con esta decisión, la justicia determinó que el Estado fue responsable del daño sufrido por el afectado y su familia, al no haber actuado con la prudencia y el respeto a los derechos que correspondía en este caso.