Súmate a nuestro canal en: WhatsApp
Ripley condenada a indemnizar a clienta por cancelar compra: 6 puntos claves si vives algo similar
Foto: Agencia Uno

Ripley condenada a indemnizar a clienta por cancelar compra: 6 puntos claves si vives algo similar

Por: Nicole Donoso | 12.12.2024
En 2020, la mujer había comprado un celular marca Motorola G9 Plus a un valor de $165.980, sin embargo, fue cancelada por la empresa.

La Corte de Apelaciones de La Serena condenó a la empresa Ripley a pagar 300 mil pesos a una consumidora luego de que la multitienda haya cancelado la compra de un celular de forma unilateral a través del Marketplace.

La justificación que la multitienda habría dado a la cliente fue un “error involuntario creado por los sistemas informáticos”.

[Te puede interesar] Tiene "los suministros cortados": La condición de Maly Jorquiera a Sergio Freire tras infidelidad

Tras este hecho, la clienta ingresó una queja al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) desencadenando que la multitienda le ofreciera una giftcard de $60.000 para usar en la tienda.

Sin embargo, esto no dejó conforme a la consumidora afectada solicitando ayuda al ente fiscalizador para realizar los pasos a seguir en el Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena.

Si bien el caso había sido desestimado en primera instancia, fue la Corte de Apelaciones el tribunal que revocó el primer dictamen asegurando que la empresa sí tenía responsabilidad.

[Te puede interesar] Estudio devela que cocinas a gas contaminan casas y apartamentos aun cuando están apagadas

Estos son los 6 puntos que incluidos en el fallo que podrían replicarse potencialmente en otros casos similares, según el Sernac.

  1. Principio de profesionalidad: La ley exige que los proveedores actúen bajo el principio de profesionalidad, es decir, deben manejar las transacciones con conocimiento adecuado.

  2. Entrega de información veraz y oportuna: Los proveedores deben ofrecer información veraz y oportuna sobre las características, condiciones, y precios de los bienes y servicios, permitiendo al consumidor tomar decisiones informadas.

  3. La obligación de cumplir: El proveedor debe respetar los términos y condiciones de lo ofertado, sin excepción, cuando el consumidor haya pagado.

  4. Negligencia del proveedor: El error en el precio del producto derivó en la cancelación unilateral de la venta lo que fue considerado negligente.

  5. Responsabilidad objetiva: La Corte Suprema ha establecido (y así es citado en el fallo de la C.A.) que la Ley de Protección al Consumidor responde a un sistema de responsabilidad objetiva, por lo tanto basta con demostrar la infracción (como el incumplimiento del contrato) para sancionar, sin necesidad de probar dolo o culpa.

  6. Daño moral y menoscabo: Se concluyó que la negligencia de Ripley al no cumplir con la entrega del producto pagado causó un menoscabo al consumidor, infringiendo el derecho a la información y causando daño moral.

[Te puede interesar] Movidas del Fútbol Chileno 2025: Los jugadores históricos que regresan y se toman el mercado