Fue intubado y su prótesis dental llegó a estómago provocando hemorragia: Piden cuidados paliativos
En abril de 2024, un hombre fue ingresado de urgencia en el Hospital Sótero del Río en estado crítico, debido a un cuadro de shock séptico.
Durante su estadía en el hospital, su salud se complicó debido a una serie de problemas que, según su esposa, fueron el resultado de negligencias médicas.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, uno de los eventos más graves ocurrió durante el proceso de intubación, cuando una prótesis dental de este hombre fue empujada hacia su tracto digestivo.
Este hecho pasó desapercibido por el personal médico y no fue comunicado a su esposa.
Su esposa se dio cuenta de la falta de la prótesis dental cuando, tras la intubación, el hospital le entregó las pertenencias de su esposo, pero la prótesis no estaba incluida.
A pesar de sus reiteradas consultas, no obtuvo una respuesta clara sobre su paradero. No fue hasta mayo de 2024, cuando el paciente fue sometido a una colonoscopia debido a una sospecha de hemorragia digestiva, que los médicos descubrieron la prótesis dental en el tracto digestivo de este hombre.
Tras semanas en el cuerpo del paciente, finalmente fue extraída durante el procedimiento. Para la esposa, este error médico y la demora en detectarlo contribuyeron al deterioro de la salud de su esposo, quien también contrajo varias infecciones intrahospitalarias.
A pesar de estas complicaciones, la situación empeoró cuando su esposa descubrió en septiembre de 2024 un informe médico que indicaba que su esposo padecía de cáncer de colon, resultado de una biopsia realizada en junio del mismo año.
El hospital nunca le informó sobre este diagnóstico, y ella solo lo descubrió revisando el portal de pacientes.
Indignada por la falta de comunicación y la negligencia en el tratamiento, presentó un recurso de protección en contra del hospital, solicitando que se garantizara una atención médica adecuada para su cónyuge.
Inicialmente, la Corte de Apelaciones de San Miguel declaró inadmisible el recurso, argumentando que los hechos descritos debían ser tratados a través de procedimientos administrativos, según lo establece la Ley N° 20.584, que regula los derechos de los pacientes.
Sin embargo, su esposa apeló esta decisión ante la Corte Suprema.
En octubre de 2024, la Corte Suprema revocó la decisión de la Corte de Santiago, señalando que los hechos relatados en el recurso podrían constituir una vulneración de derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a la integridad física.
Por esta razón, ordenó que el recurso sea tramitado, permitiendo que se investiguen a fondo las posibles negligencias médicas en la atención de este hombre en el Hospital Sótero del Río.