Su padre murió y AFP se negó a entregarle fondos previsionales: Corte ordenó dárselos
Agencia Uno

Su padre murió y AFP se negó a entregarle fondos previsionales: Corte ordenó dárselos

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 15.10.2024
La Corte Suprema confirmó que AFP Provida debe entregar los ahorros previsionales de un trabajador fallecido a su hija, quien había solicitado los fondos como parte de la herencia. La AFP había retenido el dinero argumentando que la joven aún podía optar a una pensión de sobrevivencia, lo que fue calificado como arbitrario por los tribunales.

Una joven de 23 años vivió una compleja situación cuando intentó acceder a los fondos de pensión de su padre fallecido.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, después de que su padre muriera en enero de 2022, la joven realizó los trámites correspondientes para obtener la posesión efectiva de la herencia, que incluía los ahorros previsionales acumulados en la AFP Provida.

Sin embargo, cuando acudió a la sucursal de Quilpué para solicitar el pago de estos fondos, la AFP se negó a entregárselos.

La administradora argumentó que, al tener 23 años, aún podría ingresar a estudiar y, de acuerdo con el Decreto Ley Nº3.500, esto la convertiría en beneficiaria de una pensión de sobrevivencia, lo que impide que los fondos pasen a constituir herencia.

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Provida sostuvo que los ahorros de su padre estaban destinados a cubrir pagos de pensiones hasta que ella cumpliera los 24 años, momento en el que los fondos podrían liberarse y entregarse como herencia, siempre que no estuviera estudiando. Este rechazo fue comunicado oficialmente por la AFP en junio de 2023.

La joven no estuvo de acuerdo con esta decisión, argumentando que ni ella ni su hermana eran beneficiarias de la pensión de sobrevivencia, ya que no dependían económicamente de su padre y llevaban años trabajando de forma independiente.

Ante la negativa de la AFP, la joven decidió presentar un recurso de protección, alegando que la negativa de la administradora violaba su derecho de propiedad y era un acto arbitrario e ilegal.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso, considerando que la negativa de AFP Provida se basaba en la expectativa de que la joven podría estudiar, lo que no reflejaba la realidad.

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Los antecedentes aportados por la recurrente demostraban que ella no cumplía con las condiciones para optar a la pensión de sobrevivencia, lo que hacía ilegítima la retención de los fondos.

En consecuencia, el tribunal ordenó a la AFP liberar los ahorros previsionales y entregarlos a la joven como parte de la herencia de su padre.

Finalmente, este fallo fue confirmado por la Corte Suprema, que respaldó el derecho de la joven a recibir los fondos acumulados en la cuenta de su padre.

La AFP Provida fue instruida para pagar el dinero en un plazo de diez días tras la notificación de la sentencia.

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