Guía para entender las acusaciones constitucionales, la herramienta que tiene amenazados a tres supremos
Durante el transcurso de esta semana tres acusaciones constitucionales se tramitaron la Cámara de Diputados: una contra el ministra del Interior, Carolina Tohá, otra que dirigida a los ministros de la Corte Suprema Sergio Muñoz y Ángela Vivanco, y una última contra el también miembro del máximo tribunal, Jean Pierre Matus.
De las tres, sólo las dos primeras alcanzaron a ser votadas en sesiones de Sala y con distinto desenlace; la de Tohá fue desechada, mientras que la dirigida a los supremos fue aprobada y pasó a su trámite en el Senado.
La importancia de la AC
Pero ante la acumulación de acusaciones, cabe la pregunta: ¿Cuál es su importancia en nuestra Constitución?
Lo cierto es que esta atribución del poder político ha estado presente desde la creación de la República y a lo largo de toda la historia legislativa desde 1828 hasta la actual constitución de 1980.
Según un estudio elaborado por la BCN, se define a grandes rasgos esta herramienta como el “mecanismo de control político que la legislatura ejerce respecto de otras autoridades de gobierno, asegurando así la separación y el equilibrio entre los Poderes del Estado”.
En ese sentido, el documento añade que “se le considera como una de las herramientas de control más fuertes del modelo republicano” y hace hincapié en que “su utilización, no obstante, se limitaría a circunstancias políticas muy acotadas, particularmente en casos de crisis, donde sirve como una válvula de escape a la presión sobre el gobierno, cuando la autoridad presidencial ha sido socavada”.
Esto último, sin embargo, no es la regla; solo en el gobierno de Gabriel Boric se han presentado seis acusaciones a ministros siendo todas rechazadas.
“El proceso político que conlleva el ejercicio de esta facultad puede reflejar el funcionamiento global del sistema democrático representativo”, dice el documento.
Cómo funciona la AC
Ahora bien, en cuanto al funcionamiento, la Constitución establece de qué forma procede esta herramienta.
En primer lugar, es importante señalar que esta atribución es exclusiva del Poder Legislativo; es decir sólo el Congreso puede invocarla, no así el Ejecutivo (gobierno) ni el Judicial (jueces y ministros de las cortes).
En ese entendido, la carta magna señala que para presentar una acusación constitucional es necesario que se funde en el reclamo de “no menos de diez ni más de veinte” diputados. Además, se requiere que la acusación sea presentada mientras la autoridad a la que se busca destituir esté ejerciendo el cargo o, máximo, en un plazo posterior de seis meses.
Con el libelo presentado —así se refiere la Constitución el escrito donde se funda la acusación— será tarea de la Cámara de Diputados sortear la comisión que revisará el mérito de la acusación, la cuál debe estar integrada cinco por cinco diputados. Dicha instancia, llamada comisión revisora, deberá escoger un presidente, quien será el encargado de citar a sesión, cursar invitaciones para expositores, llevar el debate y llamar a la votación del informe, tarea principal de la comisión.
Dicho informe, que debe ser leído por el presidente de la comisión, debe recomendar al Pleno de la Cámara rechazar o aprobar la acusación constitucional. De todas formas, los diputados no deciden respecto a la culpabilidad, sino respecto a la “admisibilidad” del libelo.
En ese sentido, el acusado, quien tiene la facultad de designar a un abogado defensor, puede acogerse a la llamada “cuestión previa”, que permite votar dirimir a los diputados respecto a si la acusación cumple o no con los requisitos que la Constitución Política señala.
Luego, si la cuestión previa es aprobada, la acusación se entenderá por no presentada. En cambio, si se rechaza, la Cámara debe discutir sobre el fondo y determinar si la acoge para su próximo trámite.
Para aprobar la acusación en la Cámara, es necesario convocar una mayoría simple de los diputados presentes.
En el Senado, en cambio, es permitido separar los capítulos de las acusaciones. Esta situación será fundamental la semana entrante, ya que se discutirá la AC contra los ministros Muñoz y Vivanco que fueron acusados en un mismo libelo por la oposición.
A pesar de que hay acuerdo transversal para aprobar la acusación a Vivanco, el caso de Muñoz es diferente, ya que el oficialismo no está de acuerdo con su destitución.
De todas formas, para que se apruebe la acusación, esta debe ser apoyada por mayoría simple, es decir más de 25 senadores, aunque dicho umbral puede cambiar si es que hay menos parlamentarios presentes.