Instaló 2 cámaras con las que podía ver vida privada de vecina: Corte ordenó cambiar ubicación
Una mujer presentó un reclamo contra su vecina, luego de que esta última instalara cámaras de seguridad en su propiedad.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la mujer explicó que una de las cámaras, colocada en la parte trasera del inmueble de su vecina, apuntaba directamente hacia su patio, lo que le generaba una sensación de vigilancia constante.
Debido a esto, se veía obligada a evitar el uso de su propio espacio exterior por miedo a ser grabada.
La vecina, por su parte, argumentó que las cámaras fueron instaladas para proteger su casa y el negocio de venta de menestras que operaba en el lugar.
Según su defensa, las cámaras no captaban el inmueble de la mujer y no se había contratado el almacenamiento de las grabaciones, lo que implicaba que las imágenes se borraban automáticamente al poco tiempo.
En primera instancia, la Corte de Valparaíso falló a favor de la vecina que instaló las cámaras, señalando que no se probó que se captaran imágenes privadas.
Sin embargo, tras revisar el caso, la Corte Suprema decidió revocar esta sentencia. El máximo tribunal concluyó que, aunque las cámaras no estaban dirigidas intencionalmente al hogar de la recurrente, sí captaban tangencialmente parte de la infraestructura de su domicilio, lo que vulneraba su derecho a la privacidad.
La Corte Suprema resaltó la importancia de proteger la intimidad de las personas, sobre todo en el contexto de la creciente instalación de sistemas de vigilancia.
A pesar de los avances tecnológicos, el tribunal enfatizó que el derecho a la vida privada debe prevalecer, y que el uso de cámaras no debe interferir con la vida doméstica de los vecinos.
Como resultado, la Corte ordenó que las cámaras fueran ajustadas para que su campo de visión se limitara únicamente al perímetro de la propiedad de la dueña, evitando así que captaran cualquier imagen del hogar de su vecina.