Reos de Punta Peuco revierten con fallo restricción de ingreso de alimentos, bebidas y útiles de aseo
Agencia Uno

Reos de Punta Peuco revierten con fallo restricción de ingreso de alimentos, bebidas y útiles de aseo

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 25.09.2024
La Corte de Apelaciones de Santiago anuló las restricciones impuestas en el penal de Punta Peuco sobre el ingreso de alimentos y artículos de higiene, señalando que las medidas no respetaban la normativa penitenciaria ni las necesidades de los internos.

La Corte de Apelaciones de Santiago falló a favor de los internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco, dejando sin efecto las restricciones impuestas por el Consejo Técnico del penal sobre el ingreso de alimentos, bebidas y artículos de higiene.

La medida había limitado la cantidad y tipo de productos que los internos podían recibir durante las visitas o mediante encomiendas, lo que fue considerado arbitrario e injustificado por el tribunal.

El origen de la controversia fue una decisión adoptada en abril de 2024 por el Consejo Técnico de Punta Peuco, que restringió el ingreso de ciertos alimentos y artículos de aseo.

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La medida, que buscaba imponer más control sobre las cantidades y tipos de productos permitidos, fue impugnada por los familiares de los internos, quienes consideraban que violaba los derechos básicos de los reclusos.

Tras revisar los antecedentes, la Corte determinó que el Consejo Técnico no cumplió con los procedimientos establecidos por la normativa vigente.

Según el fallo, las restricciones impuestas no seguían los criterios adecuados y no se justificaban de manera razonable.

Además, se observó que el jefe del penal había excedido sus atribuciones al limitar productos que ya estaban permitidos por las reglas generales de Gendarmería, como alimentos preparados y artículos de aseo personal.

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El tribunal también destacó que la medida no tomó en cuenta las necesidades particulares de los internos de Punta Peuco.

En este sentido, la Corte subrayó que la normativa penitenciaria incluye excepciones para personas mayores y con condiciones de salud, permitiendo el ingreso de ciertos productos que podrían haberse restringido de forma injustificada.

Finalmente, la Corte de Apelaciones resolvió que las restricciones impuestas debían ser anuladas y ordenó que el jefe del penal revisara las normas sobre el ingreso de productos, basándose en las disposiciones legales que regulan este tipo de situaciones.

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