Por secuestros y ejecuciones en oficina salitrera en dictadura: 17 años de presidio a excarabinero
En septiembre de 1973, durante los primeros días del golpe militar en Chile, dos hombres fueron detenidos en la oficina salitrera Pedro de Valdivia, en la Región de Antofagasta.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, esta detención fue ordenada por Luciano Astete Almendras, quien en ese momento era prefecto de Carabineros en Tocopilla.
Los detenidos fueron trasladados a la ciudad de Antofagasta, donde enfrentaron un consejo de guerra que los condenó a la pena de muerte, siendo ejecutados poco después.
Décadas más tarde, la justicia alcanzó a Astete Almendras, quien fue condenado a 17 años y seis meses de prisión por su participación en estos secuestros calificados.
Su defensa intentó revertir esta condena presentando un recurso de casación, argumentando que se habían cometido errores en la evaluación de su participación y en la calificación de los delitos.
Sin embargo, la Corte Suprema rechazó este recurso, confirmando la sentencia impuesta. En su fallo, la Segunda Sala del máximo tribunal señaló que los argumentos presentados por la defensa eran inconsistentes y no cumplían con los requisitos legales para anular la condena.
Además, el tribunal recordó que los delitos cometidos por Astete Almendras, al estar clasificados como de lesa humanidad, no pueden ser amnistiados ni prescribir, lo que significa que el exoficial debe cumplir íntegramente la pena impuesta.
El fallo también descartó la aplicación de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que fue mencionada por la defensa, indicando que no tenía relación directa con los motivos de nulidad planteados.
La Corte Suprema subrayó que este tipo de delitos graves, cometidos en el contexto de violaciones a los derechos humanos, no deben quedar impunes, y que las penas deben ser proporcionales a la gravedad de los crímenes.