Fallo: Expulsar a extranjero por multa impaga en trámite fuera de plazo es "desproporcionado"
La Corte de Apelaciones de Talca revocó la orden del Servicio Nacional de Migraciones y calificó como "desproporcionada" la medida de expulsar a un ciudadano extranjero por no haber mostrado el comprobante de pago de una multa, tras postular a la residencia definitiva fuera del plazo indicado.
El sujeto de nacionalidad haitiana ingresó un recurso de amparo a la Corte argumentando que tenía el comprobante del depósito y que contaba con arraigo laboral.
El 25 de febrero de 2022, el ciudadano haitiano había postulado a la residencia definitiva fuera de plazo, además, se determinó "que la solicitud no estaba en condiciones de avanzar por deficiencias en la documentación acompañada".
Luego, el 23 de diciembre de 2023, tras subsanar parcialmente su documentación, se le notifica al sujeto de una sanción en su contra por no haber presentado el comprobante de pago de una multa por mantener un permiso de residencia vencido, por lo tanto debía pagar el monto establecido.
El plazo los alegatos era de 10 días hábiles a contar de la notificación, y "frente a la no subsanación de lo solicitado, se dictó la resolución que hoy se impugna".
Fue el 15 de mayo de 2024 que el Servicio Nacional de Migraciones rechaza la solicitud de residencia definitiva y dispone abandono del país.
El sujeto ingresó a Chile por vía aérea, en calidad de turista, en 2016 para establecerse en territorio nacional debido a la compleja situación socioeconómica que atraviesa su país.
Asegura el amparado que desde que arribó a Chile "realizó todos los trámites de regularización migratoria y buscó trabajo para poder mantenerse, comenzado a trabajar al poco tiempo", obteniendo visas temporales.
Sin embargo, los motivos del rechazado de su residencia se sustentaban en que el sujeto no había pagado el monto de una sanción aplicada en su contra.
"Que el solicitante no remite la sanción correspondiente al artículo (107) solicitada por la autoridad, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva, siendo pertinente rechazar su solicitud en conformidad al artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería", se establece en el fallo (Rol 337-2024).
El ciudadano haitiano alega que la situación es injusta debido a que "acompañó el comprobante de pago de una sanción cuyo monto corresponde a $32.333".
Además, se encuentra con arraigo laboral ya que tiene un contrato con una empresa Frutícola José Soler S.A.
Por lo tanto, la decisión de los ministro de la Corte fue de revocar "la orden de abandono y ordenar a la recurrida que, en un plazo prudente, emita un nuevo pronunciamiento otorgando al amparado un plazo no menor a 60 días o la que estime prudente, para enviar el comprobante pago de la sanción correspondiente".
Imagen: Agencia Uno.