¿Contraloría, Justicia o Hacienda? Quién fiscaliza a las fundaciones que reciben dineros
Una movida semana ha tenido el escenario político nacional tras destaparse una serie de millonarios convenios por asignación directa que involucran al Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
El caso más bullado es el que realizó con la fundación Democracia Viva a cambio de 426 millones de pesos. El arreglo fue concertado entre su representante legal, Daniel Andrade, militante de Revolución Democrática (RD) y expareja de la diputada Catalina Pérez, y Carlos Contreras, seremi del Minvu en Antofagasta.
Posteriormente se reveló que la institución había pactado convenios similares con otras siete fundaciones de la región, varias de ellas vinculadas al Frente Amplio. También se están investigando situaciones que ocurren en otras regiones, como Maule y Los Lagos.
[Te puede interesar] Ministra Vallejo y caso Democracia Viva: "Fue un absoluto descriterio político"
Luego que las irregularidades salieran a la luz, Francisco Javier Leturia, presidente del Consejo para la Transparencia (CPLT), advirtió que “estas cosas pasan y van a seguir pasando porque las fundaciones que reciben dineros del Estado no están sometidas a la Ley de Transparencia y tampoco son fiscalizadas por Contraloría”.
¿La razón? Las fundaciones son instituciones privadas supuestamente sin fines de lucro y escapan del ojo vigilante del ente fiscalizador. Sin embargo, ¿qué pasa cuando estas reciben dineros estatales? ¿Quién las supervisa?
Contraloría
La Contraloría General de la República es el mayor ente fiscalizador de la nación, pero sus atribuciones sólo le permiten vigilar a entidades públicas. Es así como puede revisar los recursos entregados por el servicio público, en este caso la Seremi o el Ministerio, a las fundaciones, pero sólo al ser interpelados.
[Te puede interesar] RD pide congelar militancia de Catalina Pérez y se querella "caiga quien caiga" por caso Democracia Viva
En otras palabras, el rol de la Contraloría es ver si los fondos que entregan los servicios están correctamente entregados. Sin embargo, de acuerdo con conocedores del proceso consultados por El Desconcierto, muchas veces la decisión “se hace a dedo, discrecionalmente”.
Por otro lado, la ley estipula que tiene que haber una determinada cantidad de dinero entregado a las fundaciones, de 5.000 UTM (316.315.000 pesos) en adelante, para que la Contraloría pueda intervenir.
Los contratos suscritos por montos menores se hacen a través de resoluciones exentas, fuera del control “previo” de la Contraloría, un escenario bastante común, de acuerdo con expertos.
[Te puede interesar] Consejo para la Transparencia por caso Democracia Viva: "Estas cosas pasan y van a seguir pasando"
Respecto al caso particular de la Seremi de Vivienda de Antofagasta, la Contraloría le dio cinco días al servicio para tener el detalle de todas las transferencias que se han hecho por el programa de asentamiento precario.
Con esa información, el entre fiscalizador va a tomar la decisión de realizar una auditoría o no. Mientras que la Contraloría revisará las responsabilidades administrativas del caso, el Ministerio Público investigará por su parte si hubo o no delito.
¿Qué dice la ley?
Las fundaciones, corporaciones o asociaciones se rigen por el artículo 545 del Código Civil alusivo a personalidades jurídicas. En tanto, la ley 19.862 regula a las personas jurídicas receptoras de fondos públicos, y supedita la responsabilidad del dinero recibido al Ministerio de Hacienda.
Por otro lado, de acuerdo con la ley 20.500, corresponde al Ministerio de Justicia la fiscalización de las asociaciones y fundaciones, el que puede requerir a sus representantes que presenten para su examen cualquier información respecto del desarrollo de sus actividades.
Así, el Ministerio de Justicia podrá ordenar a las corporaciones y fundaciones que subsanen las irregularidades que se comprueben o que se persigan las responsabilidades pertinentes, sin perjuicio de requerir del juez las medidas que fueren necesarias para proteger de manera urgente y provisional los intereses de la persona jurídica o de terceros.
[Te puede interesar] Presidente Boric endurece el tono y llama a ser "firmes" con caso Democracia Viva
Sin embargo, expertos aseguran que buena parte del problema que hay a la hora de fiscalizar fundaciones que reciben fondos estatales pasa por el mecanismo en que se asignan. En general, se espera que sea a través de un concurso público lo que en muchos casos no ocurre.
Ley de Transparencia 2.0
Desde el CPLT, Francisco Leturia llamó a impulsar la Ley de Transparencia 2.0 para mejorar la fiscalización sobre fundaciones que reciben dineros del Estado, según declaraciones reproducidas por El Desconcierto.
El abogado expresó que “no podemos depender de que haya un periodista o un medio de comunicación que divulgue esto para que podamos ejercer control y fiscalizar”.
“Desde hace mucho tiempo hay varias leyes dormidas; la Ley de Transparencia 2.0 soluciona este tipo de cosas y sigue estando paralizada en el Congreso. Mientras eso no avance, estas cosas van a seguir pasando”, recalcó.
[Te puede interesar] Guerra declarada entre PS y RD: Así se incendió el oficialismo por caso Democracia Viva
El proyecto de ley de Transparencia 2.0 fue ingresado en septiembre de 2018 y desde hace 14 meses se encuentra dormido en la Comisión de Hacienda del Senado. A fines de mayo de este año, el gobierno le puso urgencia simple al proyecto para retomar su discusión.
En detalle, el texto legal incluye la creación de un estatuto único de transparencia; nuevos sujetos obligados; establece nuevas obligaciones de transparencia activa; y mejora el mecanismo y procedimiento para hacer efectivo el derecho de acceso a la información pública.
Además, robustece el procedimiento sancionatorio de infracciones y de las sanciones; crea la Comisión de Coordinación de la Ley de Transparencia; crea el Portal de Transparencia del Estado; fortalece la institucionalidad del Consejo para la Transparencia; y fortalece institucionalmente al Ministerio de la Segpres en lo referente a integridad, probidad y transparencia.