Las penas que arriesga el diputado Mellado por haber grabado y filtrado audio de reunión con Boric
En la noche del jueves, el diputado Miguel Mellado (RN) reconoció haber grabado y filtrado un audio de la reunión que sostuvieron parlamentarios con el Presidente Gabriel Boric en Cerro Castillo, instancia en que se trató el conflicto que se desarrolla en la llamada Macro Zona Sur.
Excusándose en que no había estado en la parte de la reunión donde se pidió no grabar, Mellado aseguró que había actuado de "buena fe" al entregar el audio a un medio de comunicación. Esto, pese a que en la mañana del mismo jueves lamentó la filtración afirmando que estos hechos "quiebran las confianzas".
“Asumo esta responsabilidad y estoy disponible para conversar con el Presidente si así los estima conveniente”, cerró Mellado en el comunicado que difundió para pedir disculpas y reconocer el hecho.
https://twitter.com/melladosuazo/status/1669532235639259136?s=20
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¿Qué pena arriesga Mellado?
Más allá de ofrecer las disculpas correspondientes, lo cierto es que la Fiscalía de Valparaíso anunció que se investigará la filtración y difusión del audio, luego de que el Ministerio del Interior denunciara el hecho.
En ese sentido, Mellado arriesga desde multas económicas, hasta una pena de cinco años.
Según está establecido en el Código Penal, en su Artículo 161 A, la grabación de comunicaciones privadas y su posterior difusión, sin consentimiento, es un delito.
“Se castigará con la pena de reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa de 50 a 500 Unidades Tributarias Mensuales al que, en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público, sin autorización del afectado y por cualquier medio, grabe, capte, intercepte o reproduzca conversaciones o comunicaciones de carácter privado”, indica la legislación.
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Sobre esto, el fiscal Carlos Hoffman —antes de que se confirmara que Mellado había sido el filtrador— detalló las penas a las que se arriesga el parlamentario.
“Arriesgan penas que van desde los 61 días a los cinco años de presidio menor en su grado mínimo a máximo. Además, si la persona que grabó sin autorización, también lo difunde, a través de medios de comunicación, por ejemplo, ahí ya arriesga una pena en su grado máximo. Dicho de otra manera, tres años y un día a cinco años”, detalló el persecutor a Radio ADN.
Asimismo, el fiscal abordó la distinción entre quien graba y filtra el audio y quien lo difunde. “Hay una distinción entre la persona que captura la grabación, y hay otra muy distinta para la persona que difunde. En el caso de la persona que captura y difunde, tiene otro tipo de pena”, explicó.