La arremetida judicial de “La Quintrala” contra el Estado, el exfiscal Gajardo y TVN
María del Pilar Pérez (71), conocida como “La Quintrala”, activó una serie de gestiones judiciales, las que apuntan al Estado, el exfiscal Carlos Gajardo y a TVN.
La mujer fue condenada en 2011 a presidio perpetuo calificado (40 años sin beneficios) por ser la autoría intelectual del homicidio de su exmarido, el novio de él y la pareja de su sobrina.
A 13 años de la condena impuesta, Del Pilar Pérez inició el proseo para presentar una denuncia en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en contra del Estado chileno, según constató Radio Biobío.
La ofensiva apunta a que se vulneró su derecho al debido proceso, consagrado en el artículo 8 de la Convención Americana sobre DD.HH.
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En consideración de los abogados de “La Quintrala”, el Tercer Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Santiago, condenó a la mujer en base a “pruebas periciadas por un juez que carecía de toda imparcialidad, por lo que no sólo se le ha privado de su libertad, sino que se ha puesto en riesgo la imprescindible confianza en el sistema procesal penal”.
En cuanto a la arremetida contra Carlos Gajardo, Del Pilar Pérez ingresó una querella por el delito de falso testimonio contra el exfiscal, y de su excuñada.
La defensa de la mujer alega que Gajardo utilizó como testigo a la hermana de su exmarido para que declarase en su contra, pese a que “nada aportó” en el juicio.
“La única razón que puede existir para haber sido presentada esta testigo, es porque deliberadamente ambos querellados decidieron a sabiendas faltar a la verdad”, acusa la querella.
Por último, la defensa presentó una recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de TVN por el primer capítulo de Alma Negra, presentado por Carlos Pinto.
Dicho episodio representaba la historia de la mujer, lo que los abogados argumentaron se traduce en un “acto ilegal y arbitrario”, ya que a juicio de la mujer condenada tendría el único “ánimo de hacer menoscabo en mi vida”.
Cabe mencionar que esta última acción judicial fue declarada inadmisible por la Corte. “La acción impetrada no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, toda vez que no resulta ser la vía idónea al efecto”, indica el documento emanado de la instancia judicial.