Comercio ambulante en Santiago: Municipalidad deberá dar solución en 45 días
45 días tendrá la Municipalidad de Santiago para crear una mesa de trabajo junto al Ministerio del Interior y el Servicio Nacional de Prevención de Consumo de Drogas y Alcohol, para erradicar el comercio ambulante de Paseo Ahumada y sectores aledaños.
Lo anterior, tras el recurso de protección presentado por la Librería Antártica Plaza Limitada, el cual fue acogido por la Corte de Apelaciones de Santiago que determinó que la alcaldía deberá informar a la Justicia avances y medidas para resolver la situación, luego de considerar que la presencia del comercio ilegal afecta la garantía constitucional de derecho a la propiedad del recurrente.
De acuerdo al fallo, desde la Librería apuntan que a mediados de 2021 "comenzó a intensificarse la presencia del comercio ambulante, instalándose verdaderas carpas frente a la librería, y ello obstaculiza completamente la vista de los transeúntes al local comercial, además de impedir el fácil acceso a ella, toda vez que las carpas han convertido el paseo peatonal en varios pasillos, siendo el más angosto el que da a la librería", según informó El Mercurio.
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Basura
Además, desde la empresa advirtieron que se acumula una gran cantidad de basura en la zona, y que han disminuido sus ventas.
Por ello, desde el tribunal de alzada el ministro Héctor Plaza y el abogado integrante Óscar Torres, plantearon la necesidad de crear una mesa "con los distintos estamentos que deban participar en la prevención y en el ataque de esta clase de comercio ilegal en la zona, la que tenga por objetivo, precisamente, erradicar el mismo, permitiendo, en definitiva, la adecuada protección de aquellos comerciantes como el recurrente".
Afecta comercio legal
Esto, ya que ambos magistrados resolvieron que "la instalación del comercio ilegal genera una afectación al derecho a desarrollar cualquiera actividad económica de parte de la recurrente".
La cual, "ve vulnerada dicha garantía pese a las medidas adoptadas por la alcaldía, empero, dicha conculcación viene dada por la magnitud del fenómeno, en que, conforme a lo razonado precedentemente, no puede atribuírsele una vinculación única y precisa con alguna actuación u omisión de la recurrida".
De acuerdo al fallo, el plazo para reportar el resultado de acuerdos y medidas concretas adoptadas al tribunal de alzada comienza a correr desde que se encuentre "firme la presente sentencia".