Famoso show de ‘La bandera’ complica a Sharp: CPLT le exige documento clave
El recordado, polémico y criticado acto de cierre de campaña por el Plebiscito de ‘Apruebo Transformar’ en Plaza Victoria de Valparaíso, con el show del grupo ‘Las Indetectables’ sigue trayéndole problemas a la Municipalidad de Valparaíso administrada por Jorge Sharp.
Aquella noche del 27 de agosto, el colectivo mencionado realizó sobre el escenario un acto de connotación sexual involucrando una bandera chilena, en un evento con presencia de niños, niñas y adolescentes.
Tras esto y las esperadas críticas de todos los sectores, desde el Rechazo y la oposición presentaron denuncias y requerimientos a Contraloría y al Consejo para la Transparencia.
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Y este último organismo, el CPLT, decidió acoger parcialmente el amparo de acceso a la información pública interpuesto en contra de la Municipalidad de Valparaíso, y ordenó a la casa edilicia administrada por Sharp, la entrega de un documento clave que ya fue solicitado y no entregado.
Se trata de la copia del Decreto Alcaldicio N°3487/22, por medio del cual, autorizó el uso de la Plaza Victoria para el cuestionado acto de cierre Apruebo Transformar, debido a que se llegó al consentimiento que se trató de antecedentes de naturaleza pública.
Anteriormente, la Municipalidad de Valparaíso negó la entrega de este documento con los datos solicitados, que tienen que ver con las bases concursales, invitaciones a los artistas participantes, adjudicación de fondos públicos, rendición de cuentas, y organización, producción y difusión del evento.
“En sus descargos, la Municipalidad respondió individualmente a cada una de las solicitudes del requirente, reiterando que no se trató de una actividad municipal, y que solo se limitaron a autorizar el acto de cierro, por lo que acompañó exclusivamente el Decreto Alcaldicio N°3847/22”, aseguró el medio DiarioConstitucional.
En consecuencia, el Consejo para la Transparencia precisó sobre el Decreto Alcaldicio N°3487 “la Municipalidad se allanó a la entrega del mismo, sin embargo, no acreditó en esta sede su remisión efectiva a la parte activa”.
“Se acoge parcialmente el amparo pues “(…) no constando su remisión efectiva al peticionario; y, estimándose que aquél reviste del mérito suficiente para satisfacer la petición de acceso formulada en esta parte, se ordena la entrega del acto administrativo consultado”, cerró el CPLT.