Retiro acotado de las AFP: ¿Puedo pagar el cupo de la tarjeta de crédito con ese dinero?

Retiro acotado de las AFP: ¿Puedo pagar el cupo de la tarjeta de crédito con ese dinero?

Por: Cristian Neira | 18.04.2022
Este lunes, el retiro acotado de las AFP presentado por el gobierno será votado en la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, y acá te explicamos en qué consistirá.

Este lunes 18 de abril, desde las 15:00 horas, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados comenzará a discutir y votar el proyecto del retiro acotado de las AFP, presentado por el gobierno de Gabriel Boric.

A diferencia del quinto retiro del 10% de las AFP, este permite usar el dinero de los ahorros previsionales sólo para cinco puntos explícitos, aunque no se descarta que éstos aumenten con indicaciones parlamentarias.

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¿Cuáles son los cinco puntos del retiro acotado?

  • Para exigir el pago de deudas originadas por obligaciones alimentarias: El alimentario acreedor podrá pedir el retiro desde el fondo del alimentante deudor, para lo cual formula una modificación a la ley sobre abandono de familia.
  • Para el pago de deudas de salud: Las personas podrán autorizar el pago de deudas vigentes de salud, que sostengan tanto con su sistema de previsión público como privado, como con prestadores institucionales, desde sus fondos previsionales, previa acreditación de las deudas por la Superintendencia de Salud. Sólo deudas a título personal contraídas por la o el afiliado.
  • Para la adquisición de la primera vivienda: Para incrementar el ahorro necesario para la postulación a los subsidios contemplados en los decretos supremos 1 y 29, ambos de 2011.
  • Para el pago de deudas hipotecarias de la primera vivienda: Para pagar créditos de hasta 4.000 UF. Sólo deudas a título personal contraídas por la o el afiliado.
  • Para el pago de servicios de gas y electricidad: Cuentas vencidas hasta el 31 de marzo 2022. Sólo deudas a título personal contraídas por la o el afiliado.
  • Para el pago de otras deudas financieras: Pago de deudas, bancarias y no bancarias, contraídas hasta el 31 de marzo del 2022. Sólo deudas a título personal contraídas por la o el afiliado.

¿Puedo pagar el cupo usado de mi tarjeta de crédito?

Sí. Los afiliados podrán elegir las deudas bancarias y no bancarias que desee saldar, siendo incluso de distintas instituciones.

¿El dinero lo recibiré?

No. Las AFP traspasará el dinero a las instituciones que hayas elegido pagar. Salvo el pago de pensión alimenticia, ningún punto otorga el dinero directamente al afiliado.

¿Cómo se acreditarán las deudas?

Una vez publicada la ley, los reguladores la Comisión para el Mercado Financiero, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, la Superintendencia de Servicios Sanitarios y la Superintendencia de Salud establecerán los mecanismos para acreditar las deudas a pagar.