jueves 23 de julio de 2026

Ejército de Arica compra pisco, ron, whisky y cerveza argumentando el "bienestar" de la familia militar

El artículo 22 del Reglamento de la Ley de Compras establece que “las especificaciones de los bienes y/o servicios que se quieren contratar, deberán ser genéricas, sin hacer referencia a marcas específicas”.

24 de mayo de 2018 - 23:00

Las Fuerzas Armadas, Carabineros, Gendarmería y algunos municipios, habitualmente licitan bebidas alcohólicas de distinta denominación para abastecer sus casinos y centros recreacionales.

El artículo 22 del Reglamento de la Ley de Compras establece que “las especificaciones de los bienes y/o servicios que se quieren contratar, deberán ser genéricas, sin hacer referencia a marcas específicas”.

Tal como se puede ver a continuación, el anexo económico N° 3 hace referencia específica a marcas puntuales, pasando a llevar el mencionado artículo.

Lo que llama la atención en esta licitación, es el fundamento que figura en la resolución exenta que da origen a las bases que norman la compra. En su considerando a), dicho documento señala: la finalidad de la compra es “promover una adecuada calidad de vida que contribuya a su bienestar y al de sus familias”. Más adelante, en el considerando e) se puntualiza que; si bien el Ejército tiene disponibilidad de licores, estos no son suficientes para satisfacer las necesidades de las instalaciones recreacionales”.

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