Guetos verticales: Todos los analizados por la autoridad son ilegales

Guetos verticales: Todos los analizados por la autoridad son ilegales

Por: Patricio Herman | 03.09.2017
Toda la prensa del establishment está muda respecto a este brutal acto de corrupción y, para sacar de su modorra a los editores de esos medios, a quienes se les ha entregado oportunamente la documentación respectiva, expresamos que tenemos en nuestro poder el oficio Nº 3660, de fecha 30 de agosto de 2017, firmado por el Seremi de Vivienda, este documento público reafirma que en Estación Central no hay un Plan Regulador Comunal ( PRC).

Un par de semanas después de que el intendente Orrego pusiera el grito en el cielo por la existencia de, según él, 70 permisos de edificación en la comuna de Estación Central, argumentando que ello se posibilitó por la inexistencia de un Plan Regulador Comunal (PRC), en algunos medios de prensa digitales, como éste, y en la radio Bio Bío, expresamos que la invasiva intervención inmobiliaria consistía en 75 permisos de edificación y 30 anteproyectos todos ilegales, pues al contrario de lo que decía dicho intendente como también las autoridades del Minvu y la industria inmobiliaria, en ese territorio sí existe un PRC, que es el antiguo instrumento normativo urbano de la comuna de Santiago. Las insalubres torres habitacionales que tienen alturas de entre 20 y 40 pisos, con innumerables y minúsculos departamentos fueron bautizados por él como guetos verticales.

Toda la prensa del establishment está muda respecto a este brutal acto de corrupción y, para sacar de su modorra a los editores de esos medios, a quienes se les ha entregado oportunamente la documentación respectiva, expresamos que tenemos en nuestro poder el oficio Nº 3660, de fecha 30 de agosto de 2017, firmado por el Seremi de Vivienda y Urbanismo, dirigido a la Agrupación Defensa Barrios de Estación Central, al Director de Obras Municipales (DOM) y a la Contraloría General de la República, documento público en el cual, repitiendo su particular teoría de que en Estación Central no hay un PRC, responde diversas acusaciones de esa corporación ciudadana respecto de varias ilegalidades cometidas por el DOM en la tramitación de 35 anteproyectos y permisos de edificación, exigiendo los vecinos con justa razón que se revocaran los actos administrativos mal cursados.

La respuesta del mencionado Seremi es por 31 anteproyectos y permisos de edificación, la que consideramos bastante concluyente y ordenada y para ello existe la siguiente clasificación con datos concretos para los interesados:

1. Cuatro resoluciones de anteproyectos vencidos
2. Tres resoluciones de anteproyectos con solicitud de permisos de edificación antes de la vigencia del congelamiento de permisos.
3. Cuatro permisos de edificación con recepción definitiva de obras otorgada.
4. Doce permisos de edificación cuyas faenas no se han iniciado
5. Seis permisos de edificación con construcción en obra gruesa
6. Dos permisos de edificación cuyas obras se encuentran en terminaciones

La diferencia entre el guarismo 35 informado por los vecinos y la cifra 31 antes aludida se debe, según el Seremi, a errores descriptivos asignados a la organización civil reclamante.

En síntesis, las ilegalidades de los proyectos acogidos a agrupamiento continuo, más una edificación aislada perpendicular al volumen anterior, construcciones llamadas “T”, dicen relación con la inaplicación de rasante y distanciamientos a la parte aislada, con la consiguiente violación a la altura que hubiera admitido la rasante calculada en las bases de los medianeros. Este asunto el Seremi se lo explicó en detalle en el oficio Nº 4939 del año 2015 al DOM de Estación Central y como las normas urbanísticas se deben entender conocidas por todos funcionarios que se desenvuelven en las oficinas municipales que tramitan permisos de edificación, todos los actos que no se enmarcaron en la disposición señalada están viciados.

Para algunos proyectos consignados como continuos, se proyectaron rasantes que intentaban limitar la construcción aislada sobre la continua, situación que mereció el reproche del Seremi por no tener una limitante cierta y por ello se les asignó responsabilidades  a los arquitectos proyectistas, a los arquitectos revisores independientes y a todos los profesionales de la Dirección de Obras, Todos ellos procedieron discrecional y arbitrariamente, lo cual es demostrativo del laissez faire imperante en la Municipalidad de Estación Central.

Recordemos que, al no existir PRC en ese territorio escindido de la comuna de Santiago, criterio que sustenta el Seremi, se aplicaron alturas erróneas a los proyectos continuos debido a que, por esa ausencia normativa local, no era posible asignar alturas máximas. Por otro lado, no siempre el DOM exigió a los solicitantes de permisos la fusión predial inscripta en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago (CBRS) tal como lo ordena la regulación sectorial y en los formularios de esos permisos se observan una serie de indefiniciones y en muchos casos los primeros subterráneos se ocupan con porcentajes superiores al máximo permitido.

Hay otras tantas inconsistencias que, por ahora, no las consignamos para no aburrir a los lectores, pero el Seremi trasladó a la Contraloría todos los antecedentes, solicitándole la instrucción de un sumario administrativo en contra de los funcionarios municipales que olvidaron ejercer con probidad sus roles y de paso también se le informó de ello al alcalde Delgado y a los concejales que, por negligencia o por otras curiosas razones, nunca desarrollaron sus facultades fiscalizadoras en la díscola DOM de Estación Central.

Como vemos, los 31 actos municipales, anteproyectos y permisos de edificación, informados por el Seremi son ilegales y ahora los vecinos le darán a conocer la totalidad de los actos que son 105, según un listado oficial bastante conocido, que incluye los anteriores 31, para que así se resuelva el camino a seguir, teniéndose en cuenta que el artículo 22º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) dice que en este tipo de vulneraciones existe responsabilidad civil, administrativa y penal por parte de los funcionarios públicos que cometieron infracción al entregar a privados actos viciados.