Comisión de Economía del Senado rechazó indicación que permitía al SERNAC tener facultades sobre empresas de servicios básicos
Por tres votos en contra y dos a favor, la Comisión de Economía del Senado rechazó la indicación que permitía al SERNAC tener facultades sobre empresas que entregan servicios básicos como electricidad, gas y agua potable. Esto en el marco del proyecto de ley boletín 9369-03 que busca perfeccionar la ley 19.496, incorporando a la institucionalidad que rige la protección de los derechos de los consumidores elementos que la modernicen, haciéndola más ágil y eficiente.
La indicación que fue rechaza por la Comisión de Economía del Senado buscaba reemplazar el artículo 2° bis de la ley N° 19.496 que actualmente señala “No obstante lo prescrito en el artículo anterior, las normas de esta ley no serán aplicables a las actividades de producción, fabricación, importación, construcción, distribución y comercialización de bienes o de prestación de servicios reguladas por leyes especiales (…)” por un nuevo artículo 2° bis “La presente ley será aplicable a todas las actividades de producción, fabricación, importación, construcción, distribución y comercialización de bienes o de prestación de servicios, incluso en aquellas reguladas por leyes especiales (…) ".
En este sentido el senador Alejandro Navarro, miembro de la Comisión de Economía del Senado, indicó que “una vez más y tal como ocurrió en la Ley del Consumidor hecha el año 1997 y el 2001, hubo una negociación del artículo 2 bis excluyendo al SERNAC de tener la facultad de hacerse ser parte en acciones contra empresas que prestan servicios básicos”.
A juicio del legislador “servicios básicos como el agua potable, la electricidad, y el gas, son indispensables para los consumidores, pues no se puede elegir y cambiarse de compañía cuando se recibe un mal servicio, ya que por lo general es una sola empresa la que tiene el control monopólico de servicios básicos en un territorio determinado".
El parlamentario ejemplificó “cuando a un consumidor se le quema un artefacto eléctrico tras un alza de voltaje, ni la Superintendencia de Electricidad ni el SERNAC tiene herramientas para interceder en su favor, por lo que el consumidor debe recurrir a acciones civiles que tardan años y para la que se requiere de un abogado”.
Del mismo modo sostuvo que “SERNAC año a año recibe miles de reclamos de los consumidores que se quejan de recibir cobros indebidos que no corresponden al consumo, cobros por corte y reposición; cobros por tratamiento de aguas servidas que no corresponden; cuentas que no llegan y cobros acumulados; interrupción del servicio y demora en su reposición, reclamos por los cuales el organismo fiscalizador no tiene facultades”.
Para Navarro “con esto, una vez más se privilegió las utilidades de las empresas de servicios básicos por sobre los derechos de consumidor”
Para concluir Navarro dijo que “faltó voluntad de parte del gobierno, asimismo de la oposición, por lo que junto con el senador Eugenio Tuma repondremos la indicación en la sala para abrir el debate. Creo que en esta metería el SERNAC debe dejar de ser un perro sin dientes, que ladra pero que no puede morder”, sentenció.