SMA rechaza plan de Australis por sobreproducción en Reserva Kawésqar y salmonera recurre al Tribunal Ambiental
La Superintendencia del Medio Ambiente rechazó el Programa de Cumplimiento de Australis por sobreproducción en el centro Pan de Azúcar, en la Reserva Kawésqar. La salmonera recurrió al Tercer Tribunal Ambiental.
El 6 de marzo de 2026, la Superintendencia del Medioambiente (SMA) rechazó el recurso de reposición presentado por Australis Mar—empresa dedicada a la salmonicultura—, confirmando la negativa a su Programa de Cumplimiento (PdC) por la sobreproducción detectada en el centro salmonero Pan de Azúcar, ubicado en la Reserva Nacional Kawésqar.
La decisión mantiene abierto el proceso sancionatorio iniciado por la autoridad ambiental luego de detectar que la empresa superó los límites de producción de biomasa autorizados en ese centro de cultivo.
Sin embargo, Australis no se quedó de brazos cruzados y el pasado 24 de marzo interpuso una reclamación de ilegalidad en el Tercer Tribunal Ambiental en contra de la SMA, buscando anular la resolución que rechazó su PdC.
La reclamación fue declarada admisible el pasado 25 de marzo por el Tercer Tribunal Ambiental, entidad que deberá hacerse parte del conflicto y resolver el futuro del procedimiento sancionatorio.
Australis cuestiona criterio de la SMA y acusa vulneración de confianza legítima
En su reclamación, Australis argumenta que la SMA cambió su criterio de forma sorpresiva en comparación con procesos sancionatorios anteriores de la misma índole, donde sí habían aceptado que los Programas de Cumplimiento se ejecutaran en centros de cultivo distintos a los fiscalizados.
Ante esto, la empresa sostiene que la autoridad vulneró el principio de confianza legítima al modificar el estándar aplicado en este caso.
Además, Australis afirma que la SMA sustentó su rechazo únicamente considerando el modelo “NewDepomod”, un software que permite medir el impacto ambiental producido por los desechos —principalmente en salmoneras— y que no consideró evidencia científica presentada por la compañía.
En la misma línea, la empresa acusa al organismo de vulnerar el principio de imparcialidad.
Finalmente, Australis argumenta que al aplicar un estándar de “eficacia absoluta o maximalista”, que exige cumplir las medidas en el mismo centro fiscalizado, se frustra el propósito legal del PdC, el cual —según la compañía— fue diseñado como un instrumento flexible para incentivar el retorno al cumplimiento normativo.
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La estrategia de Australis para compensar la sobreproducción
Para enfrentar el proceso sancionatorio, Australis intentó acogerse a un Programa de Cumplimiento, un mecanismo contemplado en la normativa ambiental que permite a las empresas corregir infracciones mediante medidas de reparación y ajuste operacional.
El plan presentado por la salmonera se basaba en un mecanismo denominado “Ajuste Global de Producción”. Bajo este esquema, el exceso de biomasa generado en el centro Pan de Azúcar sería compensado reduciendo o suspendiendo la producción en otros centros cercanos.
Entre los centros considerados en esta estrategia se encontraban Muñoz Gamero 1, Muñoz Gamero 2, Muñoz Gamero 3 y Punta Ramón.
La empresa argumentó que todos estos centros comparten el mismo cuerpo de agua, la Bahía Beaufort, por lo que una reducción de producción en ellos permitiría equilibrar el impacto ambiental generado por el exceso de cultivo.
Como parte de su defensa, Australis también presentó estudios técnicos elaborados por la consultora Ecotecnos. Según esos informes, el impacto ambiental del exceso de producción habría sido limitado y no habría generado efectos acumulativos en el fondo marino.
Los documentos también indican que las evaluaciones ambientales sectoriales realizadas en el centro de cultivo registraron condiciones aeróbicas en el sedimento, lo que implicaría la presencia de oxígeno en el fondo marino.
Además, la empresa sostuvo que en procesos anteriores la autoridad ambiental había aceptado mecanismos de compensación en centros distintos al que generó la infracción.
En paralelo, la compañía señaló que el proceso de revisión interna de las irregularidades detectadas en la operación anterior ha tenido efectos significativos en su situación financiera.
Entre las medidas adoptadas se incluyen despidos de trabajadores y el cierre de instalaciones productivas.
Según comunicó la empresa en sus descargos, el proceso de “Ajuste Global de Producción” provocó una disminución en su producción que generó una pérdida acumulada de más de USD 200 millones desde que comenzó el reordenamiento en el segundo semestre de 2022.
Asimismo, la compañía calcula que los costos de los PdC presentados en todos sus procedimientos alcanzan aproximadamente los $64 mil millones.
El origen del caso Australis y la sobreproducción detectada en Kawésqar
Las irregularidades fueron detectadas inicialmente por fiscalizaciones documentales realizadas por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) a mediados de 2022.
Según esos antecedentes, el centro Pan de Azúcar registró ciclos productivos entre 2018 y 2022 con volúmenes de cultivo superiores a los permitidos por su autorización ambiental.
El caso adquirió una dimensión mayor ese mismo año, cuando la empresa reconoció una serie de incumplimientos tras una auditoría interna realizada luego de que el grupo chino Joyvio tomara control de la salmonera.
En octubre de 2022, Australis presentó una autodenuncia ante la autoridad ambiental, informando que había excedido los límites de producción en 33 centros de cultivo.
Según los antecedentes entregados por la compañía, el exceso total alcanzó más de 81 mil toneladas de biomasa.
A partir de estos hechos, la Superintendencia inició el proceso sancionatorio Rol A-017-2023, formulando cargos contra la empresa por operaciones en tres centros ubicados dentro de la Reserva Kawésqar: Pan de Azúcar, Muñoz Gamero 2 y Punta Ramón.
Posteriormente, la autoridad decidió separar los expedientes, dejando el caso del centro Pan de Azúcar como un proceso independiente.
Las infracciones imputadas pueden derivar en sanciones que van desde multas económicas hasta la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental que permite operar al centro, dado que los hechos atribuidos adquieren la categoría de “grave”.
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Fundación Terram entra al caso y cuestiona plan de Australis
El proceso sumó un nuevo actor en julio de 2025, cuando la organización ambiental Fundación Terram solicitó participar en el procedimiento como tercero interesado.
La ONG cuestionó el Programa de Cumplimiento presentado por la empresa, señalando que las medidas propuestas no abordan directamente los impactos generados en el centro Pan de Azúcar.
Según el planteamiento de la organización, los límites de biomasa se establecen considerando las características ambientales específicas de cada sitio de cultivo. Por ello, reducir la producción en otros centros no permitiría revertir los efectos generados en el lugar donde ocurrió el exceso de biomasa.
En su solicitud para poder actuar como sujeto de interés, la organización citó parte del décimo principio de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente, el cual señala que “el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda”.
Cabe destacar que en mayo de 2025 fue la propia ONG la que denunció formalmente una serie de irregularidades en la sobreproducción en una decena de centros de cultivo ubicados en áreas protegidas, específicamente en las reservas nacionales Kawésqar y de las Guaitecas.
Una vez que la autoridad ambiental aprobó su participación en el proceso, en noviembre de 2025 la organización volvió a oponerse al PdC propuesto por Australis.
La ONG argumentó que permitir que Australis compensara sus excesos productivos en centros distintos a los fiscalizados “diluye el efecto restaurador” y desnaturaliza el instrumento, convirtiéndolo en una maniobra de “gestión productiva y no ambiental” impulsada por la continuidad operativa y motivos económicos de la compañía.
El argumento de la Superintendencia del Medioambiente para rechazar el plan de Australis
En su resolución del 6 de marzo de 2026, la Superintendencia concluyó que el Programa de Cumplimiento presentado por Australis no cumple con el requisito de eficacia exigido por la normativa ambiental.
Según el análisis de la autoridad, la sobreproducción en centros salmoneros puede alterar la composición del sedimento, reducir los niveles de oxígeno disponibles en el fondo marino y generar procesos de eutrofización.
En ese contexto, la SMA determinó que las medidas de corrección deben aplicarse en el área directamente afectada por la infracción y no en otros centros de cultivo.
La resolución también descartó que exista una vulneración al principio de confianza legítima invocado por la empresa, señalando que durante el proceso se le advirtió que el mecanismo propuesto no sería considerado adecuado para este caso.
Con el rechazo definitivo del Programa de Cumplimiento, el procedimiento sancionatorio continúa su curso y Australis queda expuesta a las sanciones contempladas en la legislación ambiental por los excesos de producción detectados en el centro Pan de Azúcar.