Un proceso sancionatorio enfrenta Inmobiliaria Pocuro Sur SpA luego de que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) presentara cargos por obras ejecutadas en el sector de Valle Volcanes, Puerto Montt. La acción se originó por denuncias de organizaciones locales sobre afectación de humedales urbanos y elusión del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). La empresa se expone a revocación de la RCA, clausura o multas de hasta 5.000 UTA.
SMA mantiene causa contra inmobiliaria por daño en humedales con fiscal que trabajó en estudio que hoy la defiende
La inmobiliaria enfrenta cargos por obras en humedales en Valle Volcanes, Puerto Montt. El fiscal trabajó en el estudio jurídico que hoy la representa.
Como explicó El Desconcierto, el sector de Valle Alto Volcanes y Alto La Paloma corresponde a uno de los pulmones verdes más grandes de Puerto Montt, por contar con hectáreas de bosque nativo y humedales urbanos. Sin embargo, hace años holdings inmobiliarios buscan desarrollar megaproyectos habitacionales en la zona, los cuales, según distintas organizaciones, han fraccionado sus iniciativas para evitar evaluaciones medioambientales.
El patrón señalado ha sido objeto de estudio en más de una ocasión por parte de la SMA, organismo que ha instruido procesos sancionatorios y multas que, en algunos casos, fueron revertidas en diversos tribunales.
Bajo este prisma, la situación de Inmobiliaria Pocuro Sur SpA no es sorpresiva. En junio de 2024, y luego de que instituciones como la DGA y la SEREMI de Salud impusieran multas en ocasiones anteriores, la SMA formuló un cargo, acusando que la empresa inició obras al interior del humedal urbano que provocaron la alteración física y química de este, sin contar con la Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
Al ser una infracción grave, la empresa se expone a la revocación de la RCA, clausura o multas de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), aproximadamente $4,2 mil millones.
El entre telón del proceso sancionatorio contra Inmobiliaria Pocuro
En sus descargos, la defensa de la empresa argumentó que la delimitación del humedal urbano original no tenía límites claros ni demostraba adecuadamente la dominancia de vegetación hidrófita, cuestionando la metodología utilizada por la autoridad.
Sin embargo, la principal petición realizada por la inmobiliaria fue que la SMA suspendiera el proceso sancionatorio en curso, debido a que ya se encontraba en trámite una demanda por reparación de daño ambiental en el Tercer Tribunal Ambiental. La empresa sostuvo que mantener activos ambos procesos podría desencadenar una "ineficiencia administrativa" y que se asumía el riesgo de que el tribunal emitiera un fallo contradictorio.
La respuesta por parte de la SMA fue tajante: rechazó poner fin al proceso sancionatorio contra Inmobiliaria Pocuro y separó las aguas respecto a lo que ambos procesos significan.
En su fundamento, la autoridad aclaró que ambos procesos tienen objetivos jurídicos completamente distintos y compatibles: mientras el procedimiento judicial persigue probar un daño ambiental para ordenar su reparación material, el procedimiento de la SMA busca determinar la responsabilidad administrativa por infringir la ley al no contar con el permiso ambiental correspondiente (RCA).
Pero detrás de cada respuesta hay un nexo que, para las organizaciones sectoriales de Puerto Montt, despierta alarmas de probidad. Y es que el fiscal instructor titular a cargo del procedimiento, Pablo Rojas Jara, se desempeñó como abogado en el mismo estudio jurídico que defiende a Inmobiliaria Pocuro en la misma causa.
Actualmente, la defensa está dirigida por Gonzalo Cubillos Prieto, quien encabeza el estudio jurídico Cubillos Soza Abogados. Allí compartió, entre junio y julio de 2023, con quien hoy es su contraparte en el proceso de la inmobiliaria, el fiscal Rojas. Este, en agosto de ese año, ingresó a la SMA donde se desempeña hasta la actualidad.
Aunque la legislación chilena no prohíbe expresamente que un fiscal conozca causas vinculadas a su ex empleador, sí establece el deber de abstenerse cuando existan vínculos o circunstancias que puedan afectar su imparcialidad. En este caso, la reciente relación laboral con el estudio jurídico que hoy representa a la empresa fiscalizada —y la intervención directa de su ex jefe como contraparte— configuran elementos que, al menos, abren la discusión sobre un eventual conflicto de interés.
Casi un año después de su arribo a la Superintendencia, le tocó encausar la indagatoria contra la empresa representada por sus excolegas. El Desconcierto tomó contacto con la SMA para conocer detalles de este caso, pero no hubo respuesta a nuestro mensaje.
En febrero de este año Inmobiliaria Pocuro presentó un escrito con documentos adicionales ante la SMA, donde sostienen que no hay fundamentos jurídicos para sancionarlos, pues la declaración del Humedal Valle Volcanes fue anulada por el Tercer Tribunal Ambiental debido a serios defectos formales y metodológicos del MMA.
Asimismo, la inmobiliaria desestima el valor probatorio de los informes de Sernageomin y del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). En ese sentido, señalan que las coordenadas analizadas por las entidades no corresponden a los emplazamientos de sus proyectos, sino que a zonas alejadas.
En el escrito, Inmobiliaria Pocuro atribuye la responsabilidad por la remoción de vegetación a Inmobiliaria Rossan . Para probar la premisa, la empresa anexó una carta donde le reclama a Rossan por las obras efectuadas, donde el representante de la firma habría respondido: "Sí, al parecer hubo un error. Lo siento. Las máquinas son nuestras".
El otro proceso del fiscal Pablo Rojas
Otra de las empresas con proyectos inmobiliarios en el sector de Alto La Paloma de Puerto Montt es Inmobiliaria Rossan, empresa que ha vendido terrenos en la misma zona a Inmobiliaria Pocuro.
La SMA estampó un cargo contra Inmobiliaria Rossan por excavación, remoción de suelo, escarpe, despeje de vegetación e intervención de cauces al interior del humedal Valle Volcanes, situado dentro del límite urbano. La entidad determinó que estas obras generaron alteraciones físicas a los componentes bióticos, a sus interacciones y a los flujos ecosistémicos del humedal, mismos argumentos que los sostenidos en el proceso contra su homóloga Pocuro.
Sin embargo, esa no fue la única similitud del proceso. El fiscal a cargo del caso fue Pablo Rojas, antecedente que desde Rossan no tardaron en poner sobre la mesa.
En la misma línea, en enero de 2025 la inmobiliaria solicitó a la SMA que se cambiara al fiscal, argumentando que habría omitido que trabajó en el estudio jurídico que defiende a Inmobiliaria Pocuro en un proceso de similares características, y en la misma zona.
Asimismo, desde Rossan respaldaron su solicitud, añadiendo que, producto de su trabajo como abogado en el estudio jurídico que representó a Pocuro y de que ambas inmobiliarias mantuvieron negocios por los terrenos donde se emplazan los proyectos, el fiscal Pablo Rojas podría tener información extra de la empresa utilizada para el proceso en curso.
Pese a eso, la SMA no puso marcha atrás y Rojas continuó en la causa. De hecho, el pasado 4 de febrero la autoridad puso fin al proceso sancionatorio, resolviendo multar a Inmobiliaria Rossan con 32 Unidades Tributarias Anuales (UTA), cerca de $27 millones.
Una de las razonables dudas que genera el conflicto es la diferencia en el monto de las multas aplicadas a Rossan y Pocuro por cargos similares. En ese sentido, la SMA determinó que, al tratarse de Rossan una empresa calificada como "Micro 3" — es decir, recibe ingresos anuales entre 200 y 2.400 UF—, la sanción debe ser proporcional a su capacidad económica, aplicando un factor multiplicador de apenas el 1,03% sobre el componente de afectación de la multa.