Las recientes declaraciones de la más alta autoridad del país sobre los humedales están lejos de ser un exabrupto aislado, sino que forma parte de una narrativa que simplifica y caricaturiza un problema territorial complejo. Al insinuar que “todo lo húmedo podría ser humedal” no sólo banaliza la discusión, sino que instala erróneamente una sospecha sobre una política pública que responde a décadas de omisión en la planificación urbana.
La Ley de Humedales Urbanos del Ministerio de Medio Ambiente (Ley 21.202) no crea humedales, sino que los reconoce y protege bajo criterios técnicos específicos (Guía de Delimitación y Caracterización de Humedales Urbanos de Chile del año 2022), que involucra el análisis de tres criterios fundamentes: la componente referida a la vegetación hidrófita, a los suelos hídricos y el régimen hidrológico.
El objetivo de la Ley 21.202 es claro: incorporar estos ecosistemas como áreas de protección en los instrumentos de planificación territorial, precisamente porque cumplen funciones críticas, en donde se pueden citar: mitigación de inundaciones, regulación hídrica, soporte ecológico y de biodiversidad.
Más allá del plano normativo, el dato empírico desarma la caricatura. A febrero de 2026, Chile ha declarado al menos 147 humedales urbanos cubriendo más de 12.000 hectáreas en todo el país, cifra que sigue aumentando. La superficie de estos sistemas ecológicos protegidos no son meras abstracciones regulatorias, sino que se refieren a territorios concretos, delimitados, con superficies definidas y funciones ecológicas verificables.
Es aquí donde se hace visible la pregunta: ¿dónde y por qué aparece la tensión? La base de esta respuesta no se encuentra en la existencia de los humedales, sino en su reconocimiento tardío. Estos ecosistemas ya estaban siendo presionados por expansión urbana, loteos o infraestructura (ejemplos: La Serena, Los Molles, Talcahuano, Concepción, Valdivia, y la lista suma y sigue). La ley no introduce la restricción; la visibiliza. Y es eso, precisamente, lo que incomoda.
Es por ello, que los discursos políticos emanados en los últimos días resultan problemáticos. Al sugerir que “la ley se ha utilizado mal” o que “se está frenando el desarrollo”, se desplaza el foco desde la deficiente planificación histórica hacia una supuesta sobrerregulación ambiental (la llamada “permisología”). No obstante, los datos no mienten: la cantidad de humedales urbanos declarados sigue siendo limitada frente a los miles existente en el país, más aún si se considera que la mayoría se localizan en áreas no urbanas.
A lo anterior, se debe sumar las declaratorias revocadas, en donde se han conocido los casos del Humedal de Quilicura (revocado en 2022 y restituido en 2025), Humedal La Poza y Delta del Trancura en Pucón, entre otros. Así también, han existido declaratorias largamente debatidas, como las del Humedal Ojos de Mar en San Antonio, caso emblemático debido a la significativa presión que la Empresa Portuaria de San Antonio (EPSA) ha ejercido sobre áreas naturales vulnerables en el marco de su Plan Maestro de expansión portuaria.
Estos casos no se tratan de errores masivos de la ley, sino de disputas caso a caso donde intereses inmobiliarios y productivos entran en tensión. Es decir, el problema no es que sobren humedales, sino que sobran los conflictos y la presión por definir cómo se usa el suelo.
Lo acontecido refuerza una idea incómoda para cierto discurso político: los humedales urbanos no son un obstáculo artificial al desarrollo, sino un límite ecológico real que la planificación urbana ignoró durante décadas. Pretender ahora reducir ese límite no resuelve el problema, sólo lo posterga y lo encarece social y ambientalmente.
El punto de fondo es simple, aunque políticamente incómodo: no es la ley la que “exagera”, sino la ciudad que se expandió sin reconocer sus propias condiciones naturales. Y en ese escenario, cuestionar los humedales no es una crítica técnica; es una forma de negar la geografía.