El negocio de la construcción de viviendas en zonas que no las admiten

El negocio de la construcción de viviendas en zonas que no las admiten

Por: Patricio Herman | 24.06.2023
El ministerio de Agricultura, el CDE, la Contraloría y los tribunales de justicia están contrariando, con sus intachables resoluciones, a los mercaderes quienes, por tantos años, se han considerado intocables.

En nuestro país es recurrente la violación de los marcos regulatorios en el ámbito del territorio. Son prácticas indebidas ejecutadas por ambiciosos privados, muchas veces coludidos con funcionarios públicos ignorantes o simplemente débiles de carácter y en tal sentido la prensa en general ha dado cuenta, en el último tiempo, de lo que sucede con las parcelas de agrado para viviendas insertas en loteos.

Estos inversionistas se aprovechan en forma engañosa del DL 3.516 del año 1980, instrumento normativo que permite la subdivisión de terrenos rurales solo para actividades agrícolas, ganaderas y forestales, mencionándose allí expresamente la prohibición de construir viviendas, lo que está refrendado en el Artículo 55° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC).

Este impúdico asunto en la actualidad ha sido impedido, gracias a la intervención del ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela, quien hace unos meses atrás, vía el Servicio Agrícola Ganadero (SAG), instruyó con suma claridad en qué condiciones se pueden autorizar las subdivisiones de predios rurales de 5.000 m2, lo que fue objetado judicialmente por quienes se desenvuelven en este lucrativo negocio especulativo. En todo caso el 28de abril de 2023, la 9a sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó unánimemente el correcto proceder del SAG.

Pues bien, en esta ocasión aludimos al categórico dictamen N° E357187/2023 de fecha 14 de junio de 2023, que recomendamos leer, sobre todo a los arquitectos, abogados y a todos los alcaldes, firmado por Jorge Bermúdez, en su condición de Contralor General de la República, en el cual se rayó la cancha respecto de otra pillería cometida por inversionistas de alto vuelo que intervenían territorios rurales protegidos por el Estado, destruyendo importantes porciones de bosque esclerófilo y quebradas, con sus caminos particulares dentro de las comunas de Lo Barnechea y Colina de la región metropolitana de Santiago.

Los proyectos inmobiliarios se llaman Mirador Pie Andino, Hacienda Guay Guay y La Cumbre, los 3 en la comuna de Colina y el más elegante, denominado Chaguay, en la comuna de Lo Barnechea.

En conocimiento de las reglas del juego contenidas en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), vigente desde el año 1994, este columnista en conjunto con el particular Gonzalo Prieto, han estado denunciando en el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), en la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), en la Seremi de Vivienda y Urbanismo de esta megalópolis, en las municipalidades de Lo Barnechea y Colina, en el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y en la Contraloría, cómo se ha vulnerado, a través del tiempo, el Artículo 8.3.1.1 del PRMS por parte de 4 temerarios grandes inversionistas cuyo único propósito era obtener plusvalías para sus extensos terrenos localizados fuera del límite urbano y por una seguidilla de privados coludidos con la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Colina.

Esta clara disposición del PRMS contempla que, en las áreas de preservación ecológica, se admiten solo ciertas y acotadas actividades, como las científicas, culturales, educativas, recreacionales, deportivas y turísticas, con las instalaciones mínimas e indispensables para sus habilitaciones, siempre que sus propietarios obtengan un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) por parte de la autoridad competente. Como es obvio, en estos 4 destructores negocios, intervenían como asesores técnicos (sic) conocidos abogados quienes, a través del lobby con autoridades de distintos gobiernos, conseguían lo que querían.  

Suponemos que ellos consideraron que la ley no les era vinculante, gracias a sus buenas relaciones con el poder político, pero sus alegres estimaciones no les sirvieron de nada, ya que el CDE el 24 de febrero de 2022 interpuso una querella criminal en contra de los representantes legales de los mismos por el daño ambiental ocasionado.

En todo caso, reconocemos el buen comportamiento de Cristóbal Lira, alcalde de Lo Barnechea en este feo episodio, lo que no podemos decir de Mario Olavarría, ex alcalde de Colina, quien no tuvo mayor interés en exigir el apego al marco regulatorio de los 3 inversionistas que arruinaban esos territorios de su comuna.

Como vemos, el ministerio de Agricultura, el CDE, la Contraloría y los tribunales de justicia están contrariando, con sus intachables resoluciones, a los mercaderes quienes, por tantos años, se han considerado intocables.