Una mujer que vive desde 2023 en una vivienda del proyecto Altozano de Arica junto a sus tres hijos estuvo a punto de perder el inmueble luego de que el Serviu la excluyera del beneficio habitacional por mantener derechos hereditarios sobre otra propiedad. La Corte de Apelaciones de Arica acogió su recurso y dejó sin efecto la medida.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la afectada había obtenido un subsidio del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda y fue incorporada al conjunto habitacional, donde ha residido de manera permanente durante los últimos años.
Sin embargo, una fiscalización del Serviu detectó que figuraba con derechos hereditarios sobre un inmueble inscrito desde 2011.
Según expuso en la acción judicial, esos derechos correspondían únicamente a una cuota hereditaria compartida con otros cinco herederos, sin dominio exclusivo ni posibilidad de utilizar o aprovechar económicamente la propiedad.
Además, aseguró que la posesión efectiva fue tramitada por su madre y que desconocía esa situación.
Cuando tomó conocimiento de la observación, cedió la totalidad de sus derechos hereditarios mediante escritura pública inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Arica, buscando eliminar cualquier incompatibilidad con el beneficio habitacional.
Pese a ello, el Serviu resolvió excluirla del proyecto y posteriormente rechazó un recurso de reposición. El organismo sostuvo que la postulante había declarado no poseer bienes raíces al momento de ingresar al programa y que la cesión realizada años después no subsanaba la omisión inicial.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
La Corte de Apelaciones de Arica concluyó que el servicio no explicó por qué no aplicó la posibilidad de regularización contemplada en el propio reglamento del programa. El fallo destacó que la mujer cedió sus derechos antes de que se dictaran las resoluciones que la expulsaron del beneficio.
Además, el tribunal advirtió que otros beneficiarios del mismo proyecto que también mantenían derechos hereditarios regularizados conservaron sus subsidios, mientras que ella fue la única excluida.
Por ello, la Corte estimó que existió un trato desigual carente de justificación suficiente, acogió el recurso de protección y dejó sin efecto las resoluciones que la habían expulsado del proyecto habitacional.