Una adulta mayor de 85 años denunció que quedó prácticamente aislada de su predio agrícola en Nacimiento luego de que un vecino instalara un portón en el único acceso utilizado por décadas para llegar a su terreno. Ahora, la Corte de Apelaciones de Concepción ordenó asegurar el tránsito hacia la propiedad y restablecer la situación existente.
Mujer de 85 años denunció que vecino cerró camino usado por décadas para acceder a su campo: Corte ordenó asegurar tránsito
La Corte de Apelaciones concluyó que la instalación de un portón alteró una situación mantenida por años y vulneró derechos de la recurrente.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la recurrente es propietaria de un predio de 74 hectáreas, ubicado en la comuna de Nacimiento.
Según expuso en su recurso, el acceso histórico al terreno se realizaba mediante una huella de tránsito que cruza un fundo colindante y conecta con la Ruta Q-294.
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La controversia comenzó el 7 de abril de 2026, cuando el dueño del predio vecino instaló un portón corredizo en ese paso. La mujer sostuvo que la medida afectó el desplazamiento de su familia, el manejo de unas 30 cabezas de ganado y el desarrollo de cultivos de papa, avena y trigo.
El propietario del fundo negó la existencia de una servidumbre formalmente constituida y afirmó que el tránsito había sido permitido solo por tolerancia. También señaló que el portón no tenía cerradura ni candado y que la recurrente podía abrirlo para circular.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Concepción estimó que la instalación del portón modificó una situación que se había mantenido durante años. El tribunal destacó que el propio recurrido reconoció tanto el uso histórico del paso como la instalación de la estructura.
En la sentencia, los jueces concluyeron que la actuación constituyó un acto de autotutela, es decir, una medida adoptada unilateralmente para alterar una situación existente sin recurrir a las vías legales correspondientes.
Por ello, la corte acogió el recurso de protección y ordenó al propietario del predio vecino asegurar el tránsito de la adulta mayor, su familia y sus actividades económicas por la huella utilizada tradicionalmente para acceder a la Ruta Q-294.
El fallo fue redactado por la ministra interina Margarita Sanhueza Núñez y precisó que la propietaria deberá ejercer las acciones legales necesarias para obtener la constitución o reconocimiento formal de la servidumbre de tránsito.